Plazo para entregar una licencia médica al empleador

En Chile, una persona trabajadora dependiente del sector privado debe entregar su licencia médica al empleador dentro de dos días hábiles. En el sector público, el plazo es de tres días hábiles. En ambos casos, el plazo se cuenta desde el día hábil siguiente a la fecha en que comienza el reposo médico. Cuando la licencia es electrónica y el empleador se encuentra incorporado al sistema, el documento se transmite automáticamente, aunque sigue siendo recomendable informar oportunamente la ausencia y conservar el comprobante.
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Trabajador dependiente del sector privado: dos días hábiles para entregar la licencia al empleador.
Trabajador dependiente del sector público: tres días hábiles.
Trabajador independiente: debe presentar la licencia directamente ante la COMPIN o Isapre dentro de dos días hábiles, según las reglas aplicables.
Empleador: una vez recibida la licencia, dispone de tres días hábiles para enviarla a la COMPIN, Isapre, Caja de Compensación u organismo correspondiente.
Consejo práctico: no espere el último día. Envíe o entregue la licencia apenas sea emitida y guarde un comprobante que permita demostrar la fecha exacta de recepción.
Introducción al tema
La licencia médica es un documento que permite a una persona trabajadora ausentarse temporalmente de sus funciones cuando un profesional autorizado determina que necesita reposo por una enfermedad, accidente, embarazo, cuidado de un hijo menor de un año u otra causa reconocida por la normativa.
El documento no solo justifica la ausencia laboral. También inicia un procedimiento mediante el cual la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, una Isapre, una Caja de Compensación, una mutualidad u otra entidad competente debe pronunciarse sobre el reposo y determinar si corresponde el pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.
Para que ese procedimiento avance correctamente, el trabajador, el empleador y el organismo de salud deben cumplir distintos plazos. Uno de los más importantes es el que tiene la persona para presentar la licencia a su empleador.
Entregar el documento fuera del plazo puede causar un rechazo por presentación tardía. Aunque existen excepciones cuando el atraso se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, no basta con explicar verbalmente que la persona estuvo enferma, que olvidó el trámite o que no sabía cómo enviarlo. Generalmente se necesitan antecedentes que acrediten una imposibilidad real.
La forma de tramitación también depende de si la licencia fue emitida en papel o electrónicamente. Una licencia electrónica puede ser enviada automáticamente al empleador y al organismo correspondiente, pero esa automatización no elimina la conveniencia de informar la ausencia, comprobar que los datos laborales estén correctos y guardar el folio entregado por el profesional.
La situación puede complicarse si el empleador se niega a recibir el documento, no se encuentra disponible, cerró la empresa, terminó el contrato o demora su envío. En esos casos, la persona no debe limitarse a esperar. Existen procedimientos para dejar constancia, obtener una declaración jurada en la Dirección del Trabajo y presentar directamente la licencia ante la entidad correspondiente.
También existen reglas particulares para personas con más de un empleador, trabajadores independientes, funcionarios públicos, quienes están afiliados a una Isapre, afiliados a Fonasa, trabajadores de casa particular y personas cuyo reposo se origina en un accidente del trabajo o una enfermedad profesional.
En este artículo encontrará una explicación detallada del plazo legal, la forma correcta de contar los días hábiles, ejemplos con fines de semana y feriados, las diferencias entre licencias electrónicas y formularios en papel, las obligaciones del empleador, las consecuencias de presentar tarde y las vías disponibles para reclamar.
Información principal
Plazo de entrega según el tipo de trabajador
| Situación | Plazo general | Dónde se presenta |
|---|---|---|
| Trabajador dependiente del sector privado | Dos días hábiles. | Ante el empleador. |
| Trabajador dependiente del sector público | Tres días hábiles. | Ante el organismo público empleador. |
| Trabajador independiente | Dos días hábiles. | Directamente ante la COMPIN o Isapre, según corresponda. |
| Empleador que recibe una licencia en papel | Tres días hábiles desde la recepción. | COMPIN, Isapre, Caja de Compensación u organismo correspondiente. |
La regla se encuentra en el Decreto Supremo Nº 3 de 1984 del Ministerio de Salud, que regula la autorización y tramitación de las licencias médicas. El texto vigente puede consultarse en el sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional.
La Dirección del Trabajo también informa que las personas del sector privado disponen de dos días hábiles y las del sector público de tres días hábiles.
Desde cuándo se cuenta el plazo
El plazo se cuenta desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico. Esta regla es importante porque la fecha en que el profesional emite la licencia puede no coincidir siempre con el primer día de reposo.
Por ejemplo, una persona puede consultar el martes y recibir una licencia cuyo reposo comienza ese mismo martes. En ese caso, el cómputo comienza el miércoles, siempre que no sea feriado.
Si la licencia se emite el miércoles con reposo retroactivo desde el lunes, el plazo se relaciona con el inicio del reposo y no necesariamente con la fecha en que fue impreso o enviado el documento. Esa diferencia puede generar una presentación tardía, por lo que conviene pedir al profesional que entregue la licencia inmediatamente y conservar antecedentes si la demora fue ajena al trabajador.
Ejemplos para trabajadores del sector privado
Reposo que comienza un lunes
Si el reposo comienza un lunes y no existen feriados, los dos días hábiles siguientes son martes y miércoles. Por lo tanto, la licencia debería quedar entregada al empleador a más tardar el miércoles.
Reposo que comienza un jueves
Si comienza un jueves, el primer día hábil siguiente es el viernes. El segundo puede ser el sábado en determinadas situaciones del sector privado. Sin embargo, si la oficina administrativa del empleador no funciona los sábados o no recibe documentación, la jurisprudencia administrativa ha admitido que el documento sea entregado el primer día en que exista una posibilidad real de recepción, normalmente el lunes.
Para evitar una discusión, lo más seguro es enviar la licencia el viernes por correo electrónico y coordinar la entrega del formulario original, dejando evidencia de la comunicación.
Reposo que comienza un viernes
Si el reposo comienza un viernes, el cómputo se inicia el día hábil siguiente. Dependiendo del funcionamiento del empleador y de la forma en que se consideren los sábados, el plazo puede involucrar el sábado o extenderse al lunes y martes.
La recomendación práctica es informar y enviar el comprobante el mismo viernes. No conviene esperar varios días basándose únicamente en que la empresa está cerrada.
Reposo que comienza un sábado
Si el reposo comienza un sábado y no existe atención administrativa, el primer día hábil para el cómputo será normalmente el lunes, salvo que sea feriado. Para una persona del sector privado, los dos días serían lunes y martes.
Reposo que comienza antes de un feriado
Los feriados legales no se cuentan como días hábiles. Si el reposo comienza un lunes y el martes es feriado, el primer día hábil siguiente será el miércoles y el segundo será el jueves.
Ejemplos para funcionarios del sector público
Una persona dependiente del sector público dispone de tres días hábiles.
Si el reposo comienza un lunes y no existen feriados, el cómputo comienza el martes:
- Martes: primer día hábil.
- Miércoles: segundo día hábil.
- Jueves: tercer día hábil.
En los procedimientos administrativos del sector público, los sábados se consideran inhábiles. Por ello, si el reposo comienza un jueves, el plazo puede computarse mediante viernes, lunes y martes, siempre que no existan feriados.
El estatuto o reglamento interno del servicio puede exigir que la persona avise la ausencia de inmediato. Esa obligación de informar no debe confundirse con el plazo reglamentario para presentar formalmente la licencia.
Qué significa día hábil
Para efectos prácticos, los domingos y feriados legales no se cuentan. La situación del sábado requiere una atención especial.
En el sector público, los sábados son inhábiles para los plazos administrativos. En el sector privado, el sábado puede ser considerado hábil, pero la Superintendencia de Seguridad Social ha reconocido que, si el plazo vence ese día y las oficinas administrativas del empleador están cerradas o no reciben documentos, puede entregarse al día hábil siguiente.
Esto no significa que todo trabajador pueda ignorar automáticamente el sábado. Si la empresa recibe documentación, mantiene recursos humanos disponible o dispone de un canal electrónico formal, el envío debería realizarse dentro del período correspondiente.
La forma más segura de actuar es:
- Informar la licencia apenas sea emitida.
- Enviar una copia o comprobante por un medio verificable.
- Solicitar instrucciones para entregar el original.
- No esperar hasta el límite si puede evitarse.
Diferencia entre entregar la licencia e informar la ausencia
Informar que una persona está enferma no equivale necesariamente a presentar formalmente la licencia médica.
Una llamada telefónica puede explicar por qué el trabajador no asistirá, pero no siempre permite acreditar el envío del documento ni iniciar su tramitación.
De la misma manera, entregar una licencia electrónica no impide que el reglamento interno exija avisar al supervisor o a recursos humanos para organizar el reemplazo del trabajador.
Lo recomendable es cumplir ambas acciones:
- Informar la ausencia al empleador tan pronto como sea posible.
- Comprobar que la licencia electrónica fue recibida o entregar el formulario en papel dentro del plazo.
Licencia médica electrónica
Cuando el profesional emite una Licencia Médica Electrónica y el empleador se encuentra adscrito al mismo sistema, el documento queda disponible automáticamente para que el empleador continúe su tramitación.
En ese caso, el trabajador no necesita trasladar físicamente el formulario. ChileAtiende indica que, si el médico gestiona la licencia en línea, no es necesario presentarla personalmente porque el empleador la recibe automáticamente.
Puede revisar esta información en la ficha oficial sobre licencias médicas para personas afiliadas a Fonasa.
Aun así, el trabajador debería:
- Guardar el folio de la licencia.
- Conservar el comprobante entregado por el profesional.
- Verificar que el empleador informado sea el correcto.
- Comprobar que la fecha de inicio y los días de reposo sean correctos.
- Avisar a recursos humanos o a la jefatura.
- Revisar posteriormente el estado de tramitación.
Qué ocurre si el empleador no está incorporado al sistema electrónico
Si el empleador no se encuentra adscrito al sistema utilizado para emitir la licencia, puede ser necesario entregar una representación impresa o un formulario de respaldo.
El profesional o prestador debería informar al trabajador qué documento debe presentar. No conviene asumir que la emisión electrónica siempre garantiza una recepción automática.
Antes de retirarse de la consulta, pregunte:
- ¿La licencia fue enviada electrónicamente al empleador?
- ¿Debo entregar una copia impresa?
- ¿Cuál es el folio?
- ¿Qué fecha de inicio quedó registrada?
- ¿A qué empleador fue asociada?
Si existe duda, envíe el comprobante a recursos humanos inmediatamente y solicite una confirmación escrita.
Licencia médica en papel
Cuando se utiliza un formulario en papel, el trabajador dependiente debe entregarlo a su empleador dentro del plazo legal.
El documento debe mantenerse:
- Sin enmendaduras no autorizadas.
- Sin manchas que impidan leer los datos.
- Con las secciones correspondientes completas.
- Protegido dentro de un sobre cuando contenga información confidencial.
- Con copia o comprobante para el trabajador.
La copia enviada por correo electrónico puede servir para demostrar que se informó oportunamente, pero el empleador puede necesitar el formulario original para presentarlo ante la entidad correspondiente.
Por eso, si no puede acudir personalmente, debe coordinar la entrega mediante:
- Un familiar o persona de confianza.
- Correo certificado.
- Empresa de mensajería.
- Servicio de transporte con comprobante.
- Otro canal aceptado por el empleador.
Qué comprobante debe guardar el trabajador
La persona debe procurar conservar un antecedente que identifique claramente:
- La licencia o su folio.
- La fecha de recepción.
- El nombre del empleador.
- La persona que la recibió.
- El medio de entrega.
Entre los comprobantes útiles se encuentran:
- Recibo firmado por recursos humanos.
- Copia timbrada del formulario.
- Correo electrónico con confirmación de recepción.
- Comprobante de mensajería.
- Guía de despacho de una empresa de transporte.
- Certificado emitido por el empleador.
- Comprobante electrónico generado por el sistema.
La Superintendencia de Seguridad Social señala que estos antecedentes pueden utilizarse para demostrar que la licencia fue entregada dentro del plazo.
Puede enviarse la licencia por correo electrónico
El correo electrónico es un medio útil para avisar y dejar constancia de la fecha. Sin embargo, tratándose de una licencia en papel, una fotografía o archivo escaneado puede no ser suficiente para completar la tramitación.
Un envío adecuado debería incluir:
- Nombre completo.
- RUN.
- Fecha de inicio del reposo.
- Cantidad de días.
- Folio cuando corresponda.
- Imagen legible del comprobante.
- Solicitud de confirmación.
No es necesario enviar detalles clínicos adicionales al supervisor. Los antecedentes de salud deben manejarse con confidencialidad.
Después del correo, coordine la entrega del formulario original si la empresa lo necesita.
Puede enviarse por WhatsApp
Un mensaje puede servir como aviso, pero no es el método más seguro para acreditar una entrega formal. El número podría pertenecer a una persona que no está facultada para recibir licencias, el mensaje podría no ser leído o el trabajador podría perder el historial.
Si no existe otra alternativa:
- Envíelo al contacto oficial indicado por la empresa.
- Solicite confirmación de recepción.
- Guarde capturas y respaldo de la conversación.
- Envíe también un correo electrónico.
- Coordine el formulario original.
No entregue información clínica detallada en grupos de trabajo.
Entrega mediante un tercero
La persona no tiene que salir de su lugar de reposo para entregar personalmente una licencia en papel. Puede encargar la gestión a un familiar, compañero o persona de confianza.
El tercero debería llevar:
- El formulario original.
- Una copia para ser timbrada.
- Nombre y RUN del trabajador.
- Datos de contacto.
- Una autorización simple si la empresa la solicita.
La entrega por un tercero es especialmente recomendable cuando el trabajador está hospitalizado, presenta movilidad reducida o debe mantener reposo domiciliario estricto.
Envío por correo o empresa de transporte
La jurisprudencia de la SUSESO ha reconocido los comprobantes de envío mediante correo o empresas de transporte como antecedentes para acreditar una entrega oportuna.
Para utilizar esta alternativa:
- Confirme la dirección exacta de recepción.
- Proteja el formulario dentro de un sobre.
- Utilice un servicio con seguimiento.
- Guarde la boleta y el número de despacho.
- Envíe por correo electrónico una copia del comprobante.
- Solicite confirmación cuando llegue.
La fecha de despacho puede resultar relevante si posteriormente existe una discusión sobre el plazo.
Obligación del empleador después de recibirla
Una vez que recibe una licencia en papel, el empleador debe completar la información laboral y previsional que le corresponde y presentarla ante la entidad competente dentro de tres días hábiles.
Según el sistema de salud y afiliación, puede enviarla a:
- COMPIN.
- Isapre.
- Caja de Compensación de Asignación Familiar.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Mutualidad u organismo administrador, cuando corresponde.
El plazo del empleador comienza desde la recepción efectiva del documento, no desde el inicio del reposo.
El empleador también debe proporcionar datos correctos sobre:
- Vínculo laboral.
- Fecha de contratación.
- Remuneraciones.
- Cotizaciones.
- Entidad pagadora.
- Fecha de recepción.
Qué ocurre si el empleador envía tarde la licencia
Si el trabajador entregó el documento dentro de su plazo y el atraso fue responsabilidad del empleador, la persona no debería soportar la pérdida del beneficio por esa demora.
El reglamento contempla consecuencias para el empleador que incumple su obligación. En determinados casos, puede quedar a su cargo el equivalente del subsidio que corresponda pagar al trabajador.
Para protegerse, la persona debe conservar el comprobante que demuestre la fecha exacta en que entregó la licencia.
Si la entidad rechaza el documento atribuyendo el atraso al trabajador, este comprobante permitirá demostrar que la demora ocurrió después de la recepción empresarial.
Qué ocurre si el empleador se niega a recibirla
El empleador no puede simplemente negarse a recibir una licencia porque no está de acuerdo con el diagnóstico, porque considera que el trabajador no parece enfermo o porque el contrato está próximo a terminar.
La autorización o rechazo médico corresponde a la COMPIN, Isapre u organismo competente, no al empleador.
Si existe una negativa:
- Solicite que la negativa quede por escrito.
- Envíe una copia por correo electrónico.
- Conserve pruebas del intento de entrega.
- Realice una declaración jurada de tramitación de licencia médica ante la Dirección del Trabajo.
- Presente la licencia y la declaración ante la COMPIN, Isapre o Caja de Compensación.
La declaración jurada puede solicitarse en línea mediante Mi DT o en una oficina de la Inspección del Trabajo. La información se encuentra en el trámite oficial de declaración jurada para tramitar una licencia médica.
Documentos para la declaración jurada
Se solicita normalmente:
- Cédula de identidad vigente.
- Copia de la licencia médica.
- Copia del contrato de trabajo, idealmente.
- Antecedentes de la negativa.
- Datos del empleador.
El trámite no tiene costo y la declaración se utiliza para la licencia específica individualizada en el documento.
Qué ocurre si la licencia se entrega fuera de plazo
La presentación tardía habilita a la COMPIN o Isapre para rechazar la licencia.
Las consecuencias pueden incluir:
- Rechazo administrativo.
- Falta de pago del Subsidio por Incapacidad Laboral.
- Necesidad de presentar una reposición o reclamo.
- Demora en la resolución.
- Necesidad de acreditar una causa justificada.
El rechazo no siempre es definitivo. La licencia puede autorizarse si el atraso se debió a caso fortuito o fuerza mayor y se presentan antecedentes suficientes.
Qué se entiende por caso fortuito o fuerza mayor
Se trata de un hecho imprevisto o inevitable que impidió realmente cumplir el plazo.
Entre las situaciones que pueden ser evaluadas se encuentran:
- Hospitalización.
- Estado de inconsciencia.
- Cuadro de salud grave que impedía realizar gestiones.
- Imposibilidad acreditada de obtener oportunamente la licencia.
- Falla comprobada del sistema electrónico.
- Negativa del empleador a recibirla.
- Cierre de las oficinas sin otro canal disponible.
- Error ajeno al trabajador que impidió la emisión.
- Catástrofe, aislamiento o interrupción severa de comunicaciones.
Cada situación se analiza individualmente. No existe una lista que garantice automáticamente la aceptación.
Situaciones que normalmente no bastan por sí solas
Pueden considerarse insuficientes, si no existen antecedentes adicionales:
- Olvidar el plazo.
- Desconocer la normativa.
- Creer que otra persona realizaría el trámite.
- No revisar el correo.
- No saber a quién enviar la licencia.
- Esperar voluntariamente hasta el final del reposo.
- No pedir un comprobante.
Incluso en esos casos, conviene presentar el reclamo y explicar todos los hechos de manera completa, pero la autorización dependerá de la evaluación de la autoridad.
Antecedentes útiles para justificar un atraso
La persona puede acompañar:
- Certificado médico.
- Epicrisis de hospitalización.
- Comprobante de urgencia.
- Informe del profesional tratante.
- Constancia de falla del sistema.
- Correos enviados al empleador.
- Mensajes de rechazo.
- Comprobante de envío por transporte.
- Declaración jurada de la Dirección del Trabajo.
- Certificado del empleador con la fecha de recepción.
El relato debe explicar claramente qué ocurrió, durante qué período existió el impedimento y qué hizo el trabajador tan pronto como pudo actuar.
Cómo reclamar un rechazo por presentación tardía
El procedimiento depende de si la persona está afiliada a Fonasa o a una Isapre y de qué entidad emitió la resolución.
Una persona afiliada a Fonasa puede presentar un recurso ante la COMPIN dentro del plazo informado en la resolución, que generalmente es de cinco días hábiles desde su notificación.
Si la resolución de la COMPIN se mantiene, puede presentar un reclamo ante la Superintendencia de Seguridad Social.
La ficha oficial para apelar una licencia médica rechazada por presentación fuera de plazo explica los documentos y pasos necesarios.
Reclamo cuando la Isapre rechazó la licencia
Si la Isapre rechazó o redujo la licencia, la persona dispone generalmente de quince días hábiles desde que recibe la resolución para reclamar ante la COMPIN correspondiente.
La información puede consultarse en el trámite de reclamo contra una Isapre por licencia rechazada o reducida.
Conviene adjuntar:
- Resolución de la Isapre.
- Comprobante de entrega al empleador.
- Certificado del empleador.
- Antecedentes que justifiquen el atraso.
- Copia de la licencia, cuando corresponda.
Licencia emitida con efecto retroactivo
Una licencia puede indicar un reposo que comienza antes de su fecha de emisión. Esto puede ocurrir cuando la persona obtuvo una atención tardía, estuvo hospitalizada o el profesional consideró necesario cubrir un período anterior.
Como el plazo se relaciona con el inicio del reposo, una emisión retroactiva puede hacer que el documento parezca presentado fuera de plazo.
En ese caso, se recomienda:
- Entregarla inmediatamente.
- Pedir al profesional un informe que explique la emisión tardía.
- Adjuntar comprobantes de atención médica.
- Conservar registros de hospitalización o urgencia.
- Presentar una reposición si es rechazada.
La autorización dependerá de que se demuestre que el atraso no fue una decisión voluntaria del trabajador.
Licencia de pocos días
Una licencia de uno, dos o tres días debe presentarse igualmente dentro del plazo legal. La corta duración no elimina la obligación.
Si el reposo termina antes de que venza el plazo, conviene entregar el documento inmediatamente. Esperar hasta después de regresar al trabajo aumenta el riesgo de que sea rechazado por estar fuera de vigencia y de plazo.
Licencias continuadas
Una licencia continuadora cubre un período que comienza inmediatamente después de otra licencia por el mismo problema de salud o como continuación del reposo.
Cada nueva licencia debe tramitarse. No se considera presentada automáticamente porque el empleador recibió la anterior.
Para cada formulario se debe:
- Verificar la fecha de inicio.
- Informar al empleador.
- Guardar el nuevo folio.
- Comprobar su recepción.
Trabajador con más de un empleador
Cuando una persona presta servicios para dos o más empleadores, el profesional debe emitir tantas licencias por el mismo período y diagnóstico como sean necesarias para justificar la ausencia en cada relación laboral.
No basta con entregar el original a un empleador y una fotocopia informal al otro.
El trabajador debe:
- Informar al profesional que tiene más de un empleador.
- Entregar los datos correctos de cada empresa.
- Comprobar que se emitió una licencia para cada vínculo.
- Verificar la recepción de cada empleador.
- Guardar todos los folios.
Si una de las licencias no se emite oportunamente, debe solicitarse la corrección inmediatamente.
Trabajadores independientes
Un trabajador independiente no entrega la licencia a un empleador. Debe presentarla directamente ante la COMPIN o Isapre correspondiente dentro de dos días hábiles, acompañando los antecedentes laborales, previsionales y tributarios que sean exigidos.
Si la licencia es electrónica, el sistema puede permitir su tramitación en línea. Aun así, la persona debe comprobar que:
- La afiliación esté correcta.
- La licencia figure recibida.
- Se hayan incorporado los antecedentes requeridos.
- El folio pueda consultarse.
Trabajadores a honorarios
La forma de tramitar dependerá de si la persona se encuentra cubierta como trabajador independiente y cumple los requisitos para acceder al subsidio.
No debe entregar la licencia a la entidad que le paga honorarios como si existiera necesariamente una relación laboral dependiente. Debe revisar su afiliación, cotizaciones y situación ante la COMPIN o Isapre.
Si existe en realidad una relación laboral encubierta, el problema puede requerir orientación adicional de la Dirección del Trabajo.
Trabajadores de casa particular
Las personas trabajadoras de casa particular son dependientes del sector privado. Por lo tanto, disponen de dos días hábiles para entregar la licencia a su empleador.
Si el empleador está ausente o de vacaciones:
- Avise por un medio escrito.
- Envíe una copia de la licencia.
- Conserve el comprobante.
- Coordine la entrega del original.
- Solicite una declaración jurada si el documento no es recibido o tramitado.
Trabajadores con turnos
El plazo no depende de cuántos turnos tenía programados la persona ni de los días en que debía trabajar. Se calcula según los días hábiles reglamentarios.
Una persona que trabaja en modalidad 7x7, 4x4, nocturna o solamente fines de semana debe igualmente tramitar la licencia dentro del plazo.
No es correcto esperar hasta el próximo turno para entregarla si el plazo ya está corriendo.
Trabajadores a tiempo parcial
Quienes trabajan jornada parcial tienen el mismo plazo de dos días hábiles en el sector privado o tres en el público.
El número de horas pactadas no modifica la obligación.
Personas que trabajan a distancia
El teletrabajo no cambia el plazo. La licencia debe ser tramitada de la misma forma que en una relación presencial.
En esta modalidad es especialmente recomendable utilizar:
- Correo institucional.
- Plataforma de recursos humanos.
- Portal de licencias electrónicas.
- Canal formal definido en el reglamento interno.
Accidente del trabajo o enfermedad profesional
Las licencias tipo 5 y 6 se relacionan con accidentes del trabajo, accidentes de trayecto y enfermedades profesionales.
Además de tramitar el reposo, debe efectuarse la denuncia correspondiente:
- DIAT para accidente del trabajo o de trayecto.
- DIEP para enfermedad profesional.
El empleador debe denunciar el hecho ante la mutualidad o el Instituto de Seguridad Laboral. Si no lo hace, el trabajador también puede realizar la denuncia directamente.
El plazo general para presentar el formulario al empleador sigue siendo de dos días hábiles en el sector privado y tres en el público.
Ante un accidente laboral, no conviene esperar la emisión de la licencia para informar el hecho. Debe comunicarse inmediatamente y solicitar atención en el organismo administrador.
Licencia médica y término del contrato
Para determinar si el empleador debe recibir una licencia, es importante revisar la fecha de inicio del reposo.
Si el reposo comenzó mientras el contrato estaba vigente y el contrato terminó después, el empleador debe recibir y tramitar el documento, aunque su entrega material ocurra después del término.
Si la persona ya estaba con licencia cuando finalizó el contrato y posteriormente recibe una licencia continuadora, puede tener que tramitarla directamente ante la COMPIN o Isapre, acompañando una declaración jurada de la Dirección del Trabajo que explique que ya no existe un empleador encargado de gestionarla.
La Dirección del Trabajo explica esta situación en su consulta sobre la tramitación de una licencia después del término del contrato.
Licencia médica durante el aviso de despido
La existencia de un aviso de término no elimina la obligación de presentar la licencia.
Cuando el despido se ha comunicado por necesidades de la empresa mediante preaviso, una licencia médica puede suspender el cómputo de ese período, que continúa una vez terminado el reposo.
El trabajador debe entregar el documento normalmente y conservar el comprobante.
Puede el empleador despedir a una persona con licencia
La licencia médica impide aplicar durante el reposo las causales de necesidades de la empresa y desahucio establecidas en el artículo 161 del Código del Trabajo.
Sin embargo, no impide necesariamente otros términos, como:
- Vencimiento de un contrato a plazo fijo.
- Conclusión de una obra o faena.
- Mutuo acuerdo.
- Renuncia.
- Causales disciplinarias debidamente acreditadas.
Este tema depende de los hechos concretos y puede requerir orientación laboral especializada.
Aspectos importantes que debe conocer el usuario
El plazo comienza después del inicio del reposo
La fecha relevante no es necesariamente el día en que se entrega el formulario ni la fecha en que el profesional termina de emitirlo. Debe revisarse el primer día de reposo indicado en la licencia.
La licencia electrónica no siempre elimina toda gestión
Si el empleador no está adscrito al sistema, puede ser necesario presentar un respaldo impreso. Además, la persona debe avisar su ausencia y comprobar los datos.
Una fotografía no siempre reemplaza el original
Puede servir como evidencia de aviso, pero el formulario en papel puede necesitar ser entregado físicamente para completar la tramitación.
El empleador no decide si el reposo está justificado
Debe recibir y tramitar el documento. La decisión médica corresponde a la COMPIN, Isapre u organismo administrador.
El trabajador debe guardar pruebas
Un comprobante puede ser decisivo si la licencia es rechazada por atraso.
El atraso del empleador no debe atribuirse al trabajador
Si la persona entregó dentro del plazo, debe presentar el recibo para demostrarlo.
La enfermedad no justifica automáticamente cualquier atraso
Debe acreditarse que el cuadro de salud impidió realmente realizar o encargar la gestión.
Cada licencia continuadora debe tramitarse
La entrega de una licencia anterior no cubre automáticamente los nuevos períodos de reposo.
Más de un empleador requiere más de una licencia
El profesional debe emitir documentos asociados a cada vínculo laboral.
La licencia debe respetar la confidencialidad
No es necesario divulgar el diagnóstico en grupos de trabajo ni entregar información clínica a personas que no participan en la tramitación.
Cómo realizar el proceso o encontrar la información
Proceso cuando la licencia es electrónica
- Revise junto al profesional sus datos personales.
- Confirme el nombre y RUT del empleador.
- Verifique la fecha de inicio del reposo.
- Guarde el folio y comprobante.
- Pregunte si el empleador recibirá el documento automáticamente.
- Informe su ausencia por el canal laboral correspondiente.
- Solicite confirmación de recursos humanos.
- Revise el estado de la licencia después de algunos días.
Proceso cuando la licencia es en papel
- Revise que el formulario esté completo.
- Identifique la fecha de inicio del reposo.
- Calcule el plazo legal.
- Avise al empleador inmediatamente.
- Entregue el original en recursos humanos.
- Solicite una copia timbrada o recibo.
- Si no puede acudir, envíela mediante un tercero o empresa de transporte.
- Guarde el comprobante de envío.
- Confirme que el empleador la haya tramitado.
Proceso cuando el empleador se niega
- Deje constancia de su intento de entrega.
- Envíe una copia por correo electrónico.
- Guarde mensajes, correos y comprobantes.
- Ingrese a Mi DT con ClaveÚnica.
- Solicite la declaración jurada para tramitar la licencia.
- Descargue el documento emitido.
- Preséntelo junto con la licencia ante la COMPIN, Isapre o Caja de Compensación.
- Guarde el folio del trámite.
Proceso si la licencia fue rechazada por atraso
- Obtenga la resolución de rechazo.
- Revise la fecha registrada como entrega.
- Compare esa fecha con sus comprobantes.
- Solicite un certificado al empleador si existe un error.
- Reúna antecedentes de caso fortuito o fuerza mayor.
- Presente la reposición o reclamo dentro del plazo informado.
- Adjunte toda la documentación.
- Guarde el folio y haga seguimiento.
Recomendaciones antes de comenzar
- Revise la fecha exacta de inicio del reposo.
- No espere el último día.
- Informe la ausencia apenas sea posible.
- Use el canal oficial de recursos humanos.
- Guarde el folio electrónico.
- Pida un comprobante de recepción.
- No entregue el único original sin recibir constancia.
- Utilice mensajería con seguimiento si debe enviarla.
- No comparta el diagnóstico con personas innecesarias.
- Compruebe que el empleador informado sea correcto.
- Avise al profesional si tiene más de un empleador.
- Conserve certificados de hospitalización o urgencia.
- Revise el estado de la licencia después de entregarla.
- Actúe de inmediato si aparece rechazada.
Errores comunes que conviene evitar
- Contar el plazo desde el día en que termina el reposo.
- Creer que se dispone de dos días después de volver al trabajo.
- Esperar que el médico avise personalmente al empleador.
- No guardar el folio electrónico.
- Enviar una fotografía ilegible.
- Entregarla a una persona no autorizada sin comprobante.
- No solicitar recibo.
- Esperar el próximo turno para presentarla.
- Confiar únicamente en un mensaje verbal.
- Creer que una licencia corta no debe tramitarse.
- Entregar una fotocopia al segundo empleador.
- No revisar si el empleador fue identificado correctamente.
- No reclamar un rechazo por error empresarial.
- Presentar una apelación sin antecedentes.
- Trabajar durante el período de reposo.
Canales, alternativas o recursos útiles
Dirección del Trabajo
La Dirección del Trabajo permite:
- Consultar el plazo de entrega.
- Realizar una declaración jurada si el empleador se niega a tramitar.
- Ingresar una denuncia laboral.
- Solicitar orientación sobre el contrato.
- Dejar constancia de situaciones relacionadas con la recepción.
La declaración jurada puede solicitarse mediante el portal Mi DT o en una Inspección del Trabajo.
ChileAtiende
En ChileAtiende se encuentran fichas actualizadas sobre:
- Tramitación de licencias Fonasa.
- Declaración jurada por negativa del empleador.
- Reclamos por presentación fuera de plazo.
- Apelaciones contra Isapres.
- Estado de una licencia médica.
COMPIN
La COMPIN revisa y se pronuncia sobre las licencias de personas afiliadas a Fonasa y sobre determinados reclamos relacionados con decisiones de Isapres.
Puede utilizarse para:
- Consultar el estado.
- Ingresar antecedentes complementarios.
- Presentar un recurso de reposición.
- Reclamar contra una resolución de Isapre.
- Regularizar una licencia presentada directamente.
Los servicios digitales pueden consultarse mediante el portal oficial de Mi Licencia Médica.
Superintendencia de Seguridad Social
La SUSESO conoce reclamos relacionados con licencias médicas y subsidios después de los pronunciamientos correspondientes.
Puede utilizarse cuando:
- La COMPIN mantiene un rechazo.
- Existe una controversia por presentación tardía.
- Se discute la responsabilidad del empleador.
- La persona necesita revisar la normativa aplicable.
Isapre
Las personas afiliadas a una Isapre deben revisar el estado en sus canales oficiales. Si la licencia es rechazada o reducida, pueden reclamar ante la COMPIN dentro del plazo indicado en la resolución.
Conviene descargar y guardar:
- Resolución de rechazo.
- Fecha de notificación.
- Comprobante de ingreso.
- Historial de tramitación.
Caja de Compensación
Cuando el empleador se encuentra afiliado a una Caja de Compensación, esta puede participar en la recepción, gestión o pago del subsidio asociado a licencias de trabajadores afiliados a Fonasa.
La persona debe consultar directamente cuál entidad aparece encargada del pago y qué documentos adicionales solicita.
Mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral
Si el reposo se relaciona con un accidente laboral, de trayecto o enfermedad profesional, debe contactarse al organismo administrador del seguro de la Ley Nº 16.744.
No debe esperarse el resultado de una licencia común si el hecho ocurrió a causa o con ocasión del trabajo. La denuncia y la atención deben gestionarse oportunamente.
Cuándo conviene usar cada alternativa
| Situación | Canal recomendado |
|---|---|
| Confirmar el plazo del trabajador | Dirección del Trabajo y Decreto Supremo Nº 3. |
| Empleador se niega a recibir | Mi DT o Inspección del Trabajo para obtener declaración jurada. |
| Licencia Fonasa pendiente o rechazada | COMPIN y Mi Licencia Médica. |
| Isapre rechazó la licencia | Reclamo ante COMPIN dentro del plazo informado. |
| COMPIN mantiene el rechazo | Reclamo ante SUSESO. |
| Accidente del trabajo o de trayecto | Mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral. |
| Problema con el vínculo laboral | Dirección del Trabajo y antecedentes del contrato. |
| Consultar normativa oficial | Biblioteca del Congreso Nacional y SUSESO. |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para entregar una licencia médica al empleador?
Si trabaja en el sector privado, dispone de dos días hábiles. Si trabaja en el sector público, dispone de tres días hábiles.
¿Desde qué día se cuenta el plazo?
Desde el día hábil siguiente a la fecha en que comienza el reposo médico.
¿Se cuenta el día en que comienza la licencia?
El texto vigente del reglamento indica que el cómputo comienza desde el día hábil siguiente a la fecha de inicio del reposo.
¿Se cuentan los domingos?
No. Los domingos son inhábiles.
¿Se cuentan los feriados?
No. Los feriados legales no se consideran días hábiles.
¿Se cuenta el sábado?
En el sector público se considera inhábil. En el sector privado puede considerarse hábil, pero si la empresa no tiene oficinas abiertas ni un canal para recibir documentos, se ha aceptado la entrega el siguiente día en que exista una posibilidad real de recepción.
¿Qué pasa si la licencia comienza un viernes?
Debe informar inmediatamente y revisar si el empleador recibe documentación el sábado. Para evitar riesgos, envíe el comprobante el viernes y coordine el original.
¿Qué pasa si comienza un sábado?
Si no existe atención administrativa, el primer día hábil siguiente será normalmente el lunes, salvo que sea feriado.
¿Qué pasa si el lunes es feriado?
El cómputo comenzará el siguiente día hábil, normalmente el martes.
¿Tengo que entregar una licencia electrónica?
Si el empleador se encuentra adscrito al sistema, normalmente la recibe automáticamente. De todos modos, debe guardar el comprobante, avisar la ausencia y confirmar la recepción.
¿Qué pasa si mi empleador no recibe licencias electrónicas?
Puede ser necesario entregar una representación impresa o formulario en papel. Consulte al profesional y envíe el comprobante inmediatamente.
¿Debo avisar al jefe aunque sea electrónica?
Sí, es recomendable informar la ausencia por el canal interno establecido, aunque la licencia se transmita automáticamente.
¿Una llamada telefónica sirve como entrega?
No necesariamente. Sirve para avisar, pero no siempre acredita la presentación formal del documento.
¿Puedo enviarla por correo electrónico?
Sí como aviso y respaldo, pero si la licencia es en papel el empleador puede necesitar el original para tramitarla.
¿Puedo enviarla por WhatsApp?
Puede utilizarlo como aviso si es un canal aceptado, pero es preferible enviar también un correo y obtener confirmación escrita.
¿Una fotografía de la licencia es suficiente?
No siempre. Puede demostrar que se informó, pero la entidad puede exigir el formulario original.
¿Puede entregarla un familiar?
Sí. Es recomendable que lleve una copia para recibir un timbre o comprobante.
¿Puedo enviarla por correo certificado?
Sí. Guarde la boleta, el número de seguimiento y la confirmación de entrega.
¿Necesito salir de mi reposo para entregarla?
No. Puede utilizar un tercero, mensajería o un canal electrónico. No debe incumplir el reposo para realizar el trámite.
¿Qué comprobante debo pedir?
Un recibo, copia timbrada, correo de confirmación, comprobante electrónico o certificado que indique la fecha exacta de recepción.
¿Qué ocurre si no guardé comprobante?
Puede solicitar al empleador un certificado con la fecha de recepción y reunir correos, mensajes o antecedentes del envío.
¿El empleador puede rechazar la licencia porque no cree que estoy enfermo?
No le corresponde decidir la justificación médica. Debe recibirla y tramitarla ante la entidad competente.
¿El empleador puede negarse porque la entregué tarde?
Debe recibirla y enviarla igualmente para que la entidad competente resuelva la causal de atraso.
¿Qué hago si mi empleador se niega a recibirla?
Obtenga una declaración jurada en Mi DT o en la Inspección del Trabajo y presente directamente la licencia ante la COMPIN, Isapre o Caja de Compensación.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para tramitarla?
Tres días hábiles desde la fecha en que la recibe.
¿Qué pasa si el empleador la envía tarde?
Si usted la entregó oportunamente, el atraso no debería perjudicarlo. Guarde el comprobante para demostrar que la responsabilidad fue del empleador.
¿Puede el empleador quedar obligado a pagar el subsidio?
En determinados casos de incumplimiento del plazo empresarial, el reglamento permite que quede a su cargo el equivalente del subsidio.
¿Qué pasa si yo la entrego fuera de plazo?
La COMPIN o Isapre puede rechazarla por presentación tardía.
¿Se puede autorizar una licencia entregada tarde?
Sí, si el atraso se debió a caso fortuito o fuerza mayor y se presentan antecedentes que lo demuestren.
¿Estar hospitalizado puede justificar el atraso?
Puede constituir una justificación si la hospitalización impidió realizar o encargar el trámite y se acredita con documentos.
¿Estar muy enfermo basta para justificar?
Debe demostrarse que el estado de salud hacía imposible gestionar la entrega. Un certificado médico detallado puede ser importante.
¿Olvidar la licencia justifica el atraso?
Normalmente no constituye por sí solo caso fortuito o fuerza mayor.
¿No saber el plazo sirve como justificación?
Generalmente el desconocimiento de la norma no basta para justificar la presentación tardía.
¿Qué hago si el médico emitió la licencia tarde?
Entréguela inmediatamente y solicite un informe que explique por qué no pudo emitirse antes.
¿Qué pasa si la licencia tiene fecha retroactiva?
El plazo se relaciona con el inicio del reposo. Si fue emitida después, debe acompañar antecedentes que justifiquen la demora.
¿Qué documentos sirven para apelar?
Resolución de rechazo, comprobante de entrega, certificado médico, epicrisis, correos, constancias de falla y cualquier antecedente que explique el atraso.
¿Dónde reclamo si soy Fonasa?
Primero debe utilizar las vías de reposición de la COMPIN. Si el rechazo se mantiene, puede reclamar ante la SUSESO.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar en COMPIN?
La ficha de ChileAtiende informa generalmente un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la resolución para presentar la reposición en casos Fonasa. Revise siempre el plazo indicado en su resolución.
¿Dónde reclamo si soy Isapre?
Puede reclamar ante la COMPIN correspondiente.
¿Cuál es el plazo para reclamar contra una Isapre?
Generalmente son quince días hábiles desde que recibe la resolución de rechazo o reducción.
¿Puedo reclamar directamente ante SUSESO?
Normalmente debe existir primero un pronunciamiento de la COMPIN. Revise la vía indicada en la resolución.
¿Una licencia de un día debe entregarse?
Sí. La duración corta no elimina la obligación de tramitarla.
¿Puedo entregarla después de volver al trabajo?
No es recomendable. Puede quedar fuera del plazo y del período de vigencia.
¿Debo presentar cada licencia continuadora?
Sí. Cada documento tiene su propio folio, período y procedimiento.
¿Qué pasa si tengo dos empleadores?
El profesional debe emitir una licencia para cada empleador, por el mismo período y diagnóstico cuando corresponda.
¿Puedo entregar una fotocopia al segundo empleador?
No es lo correcto. Debe existir una licencia válida asociada a cada relación laboral.
¿Qué plazo tiene un trabajador independiente?
Dos días hábiles para presentar la licencia directamente ante la COMPIN o Isapre.
¿Un trabajador a honorarios la entrega a quien le paga?
No necesariamente. Si cotiza como independiente, debe tramitarla directamente ante la entidad de salud correspondiente.
¿Los trabajadores de casa particular tienen dos o tres días?
Dos días hábiles, porque pertenecen al sector privado.
¿El plazo cambia si trabajo por turnos?
No. No depende de la distribución de sus turnos.
¿El plazo cambia si trabajo media jornada?
No. Se aplica el mismo plazo.
¿El plazo cambia si trabajo desde mi casa?
No. El teletrabajo no modifica la obligación.
¿Qué hago si recursos humanos está cerrado?
Envíe la licencia o su comprobante por correo electrónico, utilice el canal oficial disponible y guarde evidencia de que intentó entregarla.
¿Qué hago si la empresa cerró?
Contacte a la Dirección del Trabajo para obtener la declaración jurada y presente la licencia directamente ante la entidad correspondiente.
¿Qué pasa si terminó mi contrato?
Si el reposo comenzó antes del término, el empleador debe tramitar la licencia. Las continuadoras posteriores pueden requerir tramitación directa con una declaración de la Dirección del Trabajo.
¿Puedo ser despedido mientras estoy con licencia?
No puede aplicarse durante el reposo la causal de necesidades de la empresa o desahucio, pero pueden existir otras causales de término. Cada caso debe analizarse individualmente.
¿Qué pasa si mi contrato era a plazo fijo?
Puede terminar al vencer el plazo convenido aunque la persona se encuentre con licencia médica.
¿La licencia protege el puesto para siempre?
No. Justifica temporalmente la ausencia y puede limitar determinadas causales de despido, pero no impide todos los términos de contrato.
¿Qué hago si la licencia corresponde a un accidente del trabajo?
Informe inmediatamente al empleador y al organismo administrador. Debe realizarse la DIAT o DIEP, según corresponda.
¿Tengo que entregar una licencia laboral a la mutualidad?
La tramitación depende del organismo administrador y del tipo de licencia. El empleador debe realizar la denuncia, pero el trabajador también puede efectuarla si la empresa no lo hace.
¿Puedo trabajar durante la licencia médica?
No. Realizar trabajos remunerados durante el reposo puede considerarse incumplimiento y causar rechazo o invalidación.
¿Puedo responder correos laborales?
El reposo supone abstenerse de realizar las funciones habituales. La empresa no debería exigir trabajo durante ese período.
¿Puedo ir personalmente a dejarla?
Puede hacerlo si su estado y tipo de reposo lo permiten, pero no debe arriesgar su recuperación. Es preferible utilizar un tercero o canal remoto.
¿El empleador puede obligarme a ir a la oficina?
No debería exigir una conducta incompatible con el reposo. Debe permitir una forma razonable de recepción.
¿El empleador puede pedir el diagnóstico?
El tratamiento de la información médica debe respetar la confidencialidad. La empresa necesita los antecedentes laborales necesarios para tramitar, no una divulgación indiscriminada del diagnóstico.
¿Puedo revisar el estado de mi licencia?
Sí. Puede utilizar Mi Licencia Médica, la plataforma de su Isapre, la Caja de Compensación o el organismo que corresponda.
¿Cuándo debo revisar el estado?
Conviene hacerlo después de la entrega y periódicamente hasta que aparezca autorizada, rechazada, reducida o pendiente de antecedentes.
¿Qué hago si aparece pendiente?
Revise si se solicitan antecedentes médicos, laborales o previsionales y entréguelos dentro del plazo indicado.
¿Qué hago si figura una fecha de recepción equivocada?
Solicite al empleador un certificado de corrección y presente su comprobante ante la entidad encargada.
¿Qué pasa si el empleador perdió el formulario?
Debe dejar constancia y coordinar la regularización con el profesional y la entidad de salud. El comprobante de recepción será importante para demostrar que el trabajador cumplió.
¿Debo conservar una copia de la licencia?
Sí. Guarde una copia legible, el folio, comprobante de recepción y todas las resoluciones relacionadas.
¿Cuánto tiempo debo guardar los antecedentes?
Conviene conservarlos al menos hasta que la licencia esté autorizada, pagada y no existan reclamaciones pendientes. Para mayor seguridad, manténgalos junto a sus antecedentes laborales y previsionales.
El plazo para entregar una licencia médica al empleador depende del sector en que trabaja la persona. En el sector privado se dispone de dos días hábiles, mientras que en el sector público se dispone de tres.
El cómputo comienza desde el día hábil siguiente a la fecha de inicio del reposo. No debe confundirse esa fecha con el día en que termina la licencia, con el regreso al trabajo ni necesariamente con el momento de emisión del formulario.
Cuando la licencia es electrónica y el empleador está incorporado al sistema, el documento suele transmitirse automáticamente. Sin embargo, el trabajador debe guardar el comprobante, informar su ausencia y confirmar que los datos laborales y la recepción sean correctos.
Si la licencia se encuentra en papel, debe entregarse el original o coordinar su envío dentro del plazo. Una copia por correo electrónico resulta útil como aviso y evidencia, pero puede no ser suficiente para que el empleador complete el procedimiento.
La persona no necesita incumplir su reposo para acudir personalmente. Puede utilizar un familiar, un tercero, correo certificado, mensajería o el canal formal de la empresa. Lo importante es conservar una prueba que identifique la fecha de recepción.
Después de recibir el formulario, el empleador dispone de tres días hábiles para presentarlo ante la COMPIN, Isapre, Caja de Compensación u organismo correspondiente. Si el trabajador cumplió y la empresa se atrasó, el comprobante permitirá establecer la responsabilidad correcta.
Una licencia presentada tarde puede ser rechazada, pero el atraso puede justificarse si existió caso fortuito o fuerza mayor. Hospitalizaciones, cuadros graves, fallas del sistema o una negativa del empleador deben acreditarse mediante documentos y explicarse claramente en la reposición o reclamo.
Cuando el empleador se niega a recibir o tramitar la licencia, el trabajador puede solicitar una declaración jurada en Mi DT o en una Inspección del Trabajo y presentar el documento directamente ante la entidad previsional.
Las licencias continuadoras deben gestionarse individualmente. Además, quien trabaja para más de un empleador debe informar esa situación al profesional para que se emitan las licencias necesarias para cada relación laboral.
Los procedimientos, plataformas y documentos pueden actualizarse. Antes de actuar, revise la Dirección del Trabajo, ChileAtiende, COMPIN, SUSESO, su Isapre o Caja de Compensación. Entregar la licencia lo antes posible, utilizar canales oficiales y guardar comprobantes son las medidas más eficaces para evitar rechazos y proteger el derecho al reposo y al subsidio correspondiente.

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