Ley de licencias de conducir en Chile: reglas y cambios principales

La ley de licencias de conducir en Chile establece quién puede manejar un vehículo, qué clase de autorización necesita, cuáles son los requisitos para obtenerla, cada cuánto tiempo debe renovarse y qué consecuencias existen cuando una persona conduce sin estar debidamente habilitada.
Aunque se habla habitualmente de una “ley de licencias de conducir”, las reglas no se encuentran concentradas en una sola disposición. La base principal está en la Ley de Tránsito N.º 18.290, cuyo texto refundido fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N.º 1 de 2007. A esa normativa se suman reglamentos sobre exámenes, funcionamiento de los gabinetes municipales, características del documento, escuelas de conductores, registros nacionales y procedimientos especiales.
Además, durante los últimos años se han incorporado cambios importantes. Entre ellos se encuentran la licencia de conducir digital, la creación de una plataforma electrónica nacional, nuevas inhabilidades para determinadas licencias profesionales, prórrogas extraordinarias de vigencia y la aprobación de la denominada Ley Jacinta, que reforzará la declaración y evaluación de las condiciones físicas y psíquicas de los conductores una vez que entre en funcionamiento su reglamento.
- Licencia de conducir en Maipú: requisitos, hora y renovación
- Licencia A5 en Chile: requisitos y vehículos de carga articulados
- Licencias profesionales en Chile: clases A1 a A5 y sus diferencias
- Licencias médicas y empleador: obligaciones, plazos y tramitación
- Tipos de licencias de conducir en Chile: clases y vehículos permitidos
- Licencia A3 en Chile: requisitos y transporte de pasajeros
Por esta razón, no basta con recordar las reglas que existían cuando una persona obtuvo su primera licencia. El procedimiento actual puede incluir un documento físico de nuevo diseño, una versión digital con código QR, verificación nacional de antecedentes y controles más estandarizados entre municipalidades.
Información vigente a julio de 2026: las licencias cuyo vencimiento original ocurrió durante 2025 se encuentran prorrogadas automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026. Las que vencen durante 2026 tienen una extensión adicional de seis meses desde su fecha original. La prórroga opera por ley y no exige timbre ni anotación municipal.
También es importante distinguir entre una norma publicada y una norma que ya está plenamente operativa. La Ley N.º 21.797 fue publicada el 7 de febrero de 2026, pero sus modificaciones sobre la nueva declaración de enfermedades inhabilitantes y el procedimiento médico municipal comenzarán a regir noventa días después de que se publique el reglamento que la propia ley ordenó dictar.
Este artículo explica cuáles son las normas principales, las clases de licencias existentes, los requisitos generales y especiales, el papel de las municipalidades, la vigencia, las renovaciones, las nuevas reglas digitales, las sanciones y los cambios legislativos más relevantes.
Información principal
Cuál es la ley principal de licencias de conducir
La regulación central se encuentra en la Ley de Tránsito publicada en LeyChile. Su origen corresponde a la Ley N.º 18.290, cuyo texto fue posteriormente refundido, coordinado y sistematizado mediante el Decreto con Fuerza de Ley N.º 1 de 2007.
Este cuerpo legal regula, entre otras materias:
- Las clases de licencias.
- Los requisitos generales para obtenerlas.
- Las edades mínimas.
- Los conocimientos teóricos y prácticos.
- La idoneidad moral, física y psíquica.
- La vigencia y los controles periódicos.
- Las restricciones médicas.
- El Registro Nacional de Conductores.
- La suspensión y cancelación.
- Las infracciones y delitos relacionados con documentos falsos.
La Ley de Tránsito no contiene por sí sola todos los detalles técnicos. Para conocer cómo se realizan los exámenes, qué enfermedades pueden afectar la aptitud, cómo funcionan las municipalidades o qué características tiene la tarjeta, deben consultarse los reglamentos complementarios.
Normas y reglamentos complementarios
| Norma | Materia principal |
|---|---|
| Ley de Tránsito | Clases, requisitos, vigencia, infracciones, sanciones y Registro Nacional de Conductores. |
| Decreto Supremo N.º 170 de 1985 | Reglamento para el otorgamiento de licencias, antecedentes de idoneidad y condiciones médicas. |
| Decreto Supremo N.º 97 de 1984 | Requisitos para que una municipalidad esté autorizada a otorgar licencias y funcionamiento de sus gabinetes. |
| Decreto Supremo N.º 23 de 2000 | Características del documento físico y funcionamiento de la versión digital. |
| Decreto Supremo N.º 69 | Modificaciones para la plataforma electrónica y la licencia digital. |
| Ley N.º 21.733 | Inhabilidad para obtener determinadas licencias profesionales por condenas por delitos sexuales. |
| Ley N.º 21.797 | Nuevos controles sobre aptitud física y psíquica, conocida como Ley Jacinta. |
| Ley N.º 21.806 | Prórrogas extraordinarias para licencias que vencen en 2025 y 2026. |
Cuando existe una diferencia entre una publicación antigua, una noticia o una página no oficial y el texto vigente de LeyChile, debe darse prioridad a la normativa oficial y a las instrucciones actualizadas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Quién puede otorgar una licencia de conducir
Las licencias son otorgadas por el Director del Departamento de Tránsito y Transporte Público de una municipalidad autorizada para realizar este trámite.
La municipalidad debe contar con:
- Director de Tránsito habilitado.
- Gabinete técnico.
- Médico examinador.
- Personal capacitado.
- Equipos sensométricos y psicotécnicos.
- Sistema para exámenes teóricos.
- Recorridos o circuitos prácticos.
- Acceso a los registros nacionales.
- Plataforma electrónica de otorgamiento.
Si una Dirección de Tránsito no dispone temporalmente del personal, equipamiento o condiciones exigidas, debe suspender el otorgamiento de licencias hasta regularizar su funcionamiento.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mediante sus Secretarías Regionales Ministeriales, supervisa y fiscaliza el sistema municipal.
Municipalidad competente para obtener y renovar
La Ley de Tránsito dispone que las personas que desean obtener una licencia por primera vez deben solicitarla en la municipalidad de la comuna correspondiente a su domicilio.
Por este motivo, para una primera licencia se puede pedir:
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado de residencia.
- Cuenta de servicio.
- Certificado de junta de vecinos.
- Documento emitido por la administración de un edificio.
- Otro antecedente aceptado por la municipalidad.
En cambio, la información vigente de ChileAtiende sobre licencias de conducir señala que la renovación puede solicitarse en cualquier municipalidad del país.
Antes de reservar en otra comuna conviene confirmar:
- Que atiende renovaciones de personas externas a la comuna.
- Que dispone de horas.
- Que puede acceder al expediente anterior.
- Qué documentos exige.
- Cuánto demora la verificación de antecedentes.
- Si entrega el documento el mismo día.
La posibilidad de renovar en otro municipio no permite eludir una denegación médica, una suspensión judicial, una cancelación ni una restricción vigente, porque estos antecedentes deben registrarse nacionalmente.
Clases de licencias existentes
La Ley de Tránsito distingue licencias profesionales clase A, no profesionales clase B y C, y especiales clase D, E y F.
| Clase | Vehículos principales |
|---|---|
| A1 | Taxis. |
| A2 | Taxis, ambulancias y transporte público o privado de personas con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor. Con la antigüedad y condiciones legales puede permitir vehículos de hasta treinta y dos asientos y nueve metros de largo. |
| A3 | Taxis, ambulancias, transporte escolar remunerado y vehículos de transporte de personas sin límite de asientos. |
| A4 | Vehículos simples de carga con peso bruto vehicular superior a 3.500 kilogramos. |
| A5 | Vehículos simples o articulados de carga con peso bruto vehicular superior a 3.500 kilogramos. |
| B | Automóviles, camionetas, furgones y otros vehículos particulares de tres o más ruedas, con los límites legales de asientos y peso. |
| C | Motocicletas, motonetas, bicimotos y otros vehículos motorizados de dos o tres ruedas. |
| D | Maquinaria automotriz, como tractores, grúas, cosechadoras, retroexcavadoras y equipos similares. |
| E | Vehículos de tracción animal. |
| F | Vehículos institucionales de los organismos expresamente señalados por la ley. |
Licencia profesional clase A
Las licencias profesionales habilitan para transportar pasajeros o carga de manera remunerada o institucional, según la clase obtenida.
Además, quien posee una licencia profesional vigente se encuentra habilitado para conducir los vehículos particulares comprendidos en la clase B.
Clase A1
Permite conducir taxis. No habilita automáticamente para buses, minibuses de mayor capacidad ni vehículos pesados de carga.
Clase A2
Permite conducir:
- Taxis.
- Ambulancias.
- Vehículos de transporte público de personas.
- Vehículos de transporte privado de personas.
- Vehículos con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor.
Quien ha mantenido la clase A2 durante al menos dos años puede conducir vehículos de hasta treinta y dos asientos, siempre que el largo no supere los nueve metros y se cumplan las demás condiciones legales.
Clase A3
Permite conducir vehículos de transporte de personas sin limitación de capacidad de asientos, incluyendo:
- Taxis.
- Ambulancias.
- Buses.
- Transporte público y privado.
- Vehículos de transporte escolar remunerado.
Clase A4
Permite conducir vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
Clase A5
Permite conducir vehículos de carga simples o articulados con peso bruto vehicular superior a 3.500 kilogramos. Es la clase que corresponde, por ejemplo, a determinadas combinaciones de tractocamión y semirremolque.
Licencia no profesional clase B
La clase B autoriza la conducción de vehículos motorizados de tres o más ruedas destinados al transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos sin incluir al conductor, o vehículos de carga con peso bruto vehicular de hasta 3.500 kilogramos.
Entre los vehículos habituales se encuentran:
- Automóviles.
- Camionetas.
- Furgones.
- Furgonetas.
- Vehículos deportivos utilitarios.
- Automóviles eléctricos particulares.
La clase B puede permitir arrastrar un remolque cuando su peso no sea superior a la tara del vehículo motriz y el peso combinado no exceda de 3.500 kilogramos.
No habilita para conducir un taxi prestando servicio remunerado, un bus, una motocicleta ni un camión pesado que requiera una clase profesional.
Licencia no profesional clase C
La clase C permite conducir vehículos motorizados de dos o tres ruedas, como:
- Motocicletas.
- Motonetas.
- Bicimotos.
- Vehículos similares con motor fijo o agregado.
La normativa también contempla una autorización restringida dentro de la clase C para triciclos motorizados de carga. Esta habilitación sirve únicamente para ese tipo de vehículo y no debe interpretarse como una autorización general para conducir cualquier motocicleta.
Tener licencia clase B no habilita automáticamente para motocicletas. Para conducirlas debe obtenerse la clase C mediante sus propios exámenes.
Licencias especiales D, E y F
Clase D
Habilita para conducir maquinaria automotriz, entre ella:
- Tractores.
- Sembradoras.
- Cosechadoras.
- Bulldozers.
- Palas mecánicas.
- Grúas.
- Motoniveladoras.
- Retroexcavadoras.
- Maquinaria similar.
La evaluación práctica debe realizarse en el tipo de maquinaria que corresponda. Una licencia clase D puede contener la identificación o limitación del equipo que la persona está autorizada a operar.
Clase E
Autoriza para conducir vehículos de tracción animal, como carretelas, coches o carrozas. Aunque actualmente tiene una utilización limitada, continúa incluida en la Ley de Tránsito.
Clase F
Corresponde a vehículos motorizados de instituciones expresamente indicadas por la ley, como:
- Fuerzas Armadas.
- Carabineros de Chile.
- Policía de Investigaciones.
- Gendarmería de Chile.
- Bomberos de Chile.
- Servicios institucionales incorporados legalmente.
Para obtenerla se deben aprobar los cursos institucionales y cumplir las exigencias de la entidad correspondiente.
Una sola licencia por conductor
La Ley de Tránsito establece que cada persona debe tener una sola licencia en todo el territorio nacional. El documento debe indicar todas las clases de vehículos que su titular está autorizado a conducir.
Si una persona posee clase B y posteriormente obtiene clase C o profesional, no debería mantener tarjetas separadas como licencias independientes. La nueva licencia reemplaza a la anterior e incorpora las clases vigentes.
Esta regla busca evitar:
- Duplicidad de documentos.
- Ocultamiento de suspensiones.
- Uso de licencias emitidas por municipalidades distintas.
- Diferencias entre clases y fechas.
- Fraudes relacionados con documentos paralelos.
Requisitos generales para obtener una licencia
Los postulantes deben cumplir condiciones generales aplicables a las distintas clases.
Entre ellas se encuentran:
- Acreditar idoneidad moral.
- Acreditar idoneidad física y psíquica.
- Demostrar conocimientos teóricos.
- Demostrar conocimientos prácticos.
- Conocer las disposiciones legales y reglamentarias de tránsito.
- Poseer cédula de identidad chilena o de extranjería vigente.
- Realizar las declaraciones juradas exigidas.
- Cumplir los requisitos especiales de la clase.
La licencia no es un derecho automático por cumplir una determinada edad. La municipalidad debe comprobar que la persona reúne todos los antecedentes y aprueba las evaluaciones.
Idoneidad moral
La idoneidad moral se califica revisando antecedentes y condenas relevantes para la conducción.
Se pueden considerar, entre otros:
- Delitos relacionados con alcohol o drogas.
- Delitos o cuasidelitos cometidos utilizando un vehículo.
- Uso de una licencia falsa o perteneciente a otra persona.
- Obtención fraudulenta de documentos.
- Determinadas condenas especialmente relevantes para una licencia profesional.
No toda anotación o multa produce automáticamente una denegación. La autoridad debe aplicar los criterios legales y reglamentarios correspondientes a cada clase.
Cuando la licencia es rechazada específicamente por falta de idoneidad moral, la Ley de Tránsito contempla una reclamación ante el Juzgado de Policía Local dentro del plazo establecido.
Idoneidad física y psíquica
No se puede otorgar licencia a una persona que carece de las capacidades físicas o psíquicas necesarias o cuya condición haga peligrosa la conducción.
La evaluación puede considerar:
- Visión.
- Audición.
- Reflejos.
- Coordinación.
- Atención.
- Movilidad.
- Enfermedades cardiovasculares.
- Epilepsia y pérdidas de conciencia.
- Diabetes.
- Trastornos del sueño.
- Condiciones neurológicas.
- Salud mental.
- Consumo de medicamentos.
- Alcohol y sustancias.
Tener una enfermedad no significa necesariamente que la licencia será rechazada. La persona puede encontrarse apta con:
- Uso obligatorio de lentes.
- Uso de audífonos.
- Vehículo adaptado.
- Restricción geográfica.
- Restricción horaria.
- Vigencia más corta.
- Controles médicos periódicos.
Reevaluación por rechazo médico
Si el postulante es reprobado en el examen médico, la ley permite solicitar una nueva evaluación ante el Servicio Médico Legal o un establecimiento especializado que este designe.
Para ese procedimiento puede ser necesario presentar:
- Copia autorizada del informe médico municipal impugnado.
- Informe de un médico cirujano habilitado.
- Exámenes recientes.
- Historia clínica pertinente.
- Antecedentes sobre tratamiento y estabilidad.
Si el nuevo examen oficial resulta favorable, puede prevalecer sobre la evaluación anterior conforme al procedimiento legal.
El interesado debe solicitar instrucciones escritas a la Dirección de Tránsito, porque no basta con llevar informalmente un certificado de su médico particular.
Requisitos para licencia clase B
Para obtener clase B se exige normalmente:
- Tener al menos 18 años.
- Ser egresado de enseñanza básica.
- Acreditar domicilio.
- Poseer cédula vigente.
- Aprobar evaluación médica y psicotécnica.
- Aprobar examen teórico.
- Aprobar examen práctico.
- Cumplir la idoneidad moral.
La ficha oficial de licencia clase B de ChileAtiende contiene los requisitos generales y las condiciones para menores de 18 años.
Licencia clase B a los 17 años
Excepcionalmente, una persona mayor de 17 años puede obtener clase B cuando:
- Aprueba un curso en una escuela de conductores autorizada.
- Cuenta con autorización de sus padres, apoderados o representantes legales.
- Aprueba todos los exámenes municipales.
- Cumple los demás requisitos.
Hasta cumplir 18 años solo puede conducir acompañada, en el asiento delantero, por una persona que:
- Esté en condiciones de sustituirla en la conducción.
- Posea una licencia que permita conducir clase B.
- Tenga una licencia vigente con al menos cinco años de antigüedad.
Si el menor conduce sin ese acompañante, se considera para los efectos legales como una persona que maneja sin licencia. Carabineros puede retirarle el documento y ponerlo a disposición del tribunal.
La restricción se extingue al cumplir 18 años por disposición de la ley, sin necesidad de solicitar una nueva tarjeta solo por ese motivo.
Requisitos para licencia clase C
Para la clase C se exige normalmente:
- Tener al menos 18 años.
- Ser egresado de enseñanza básica.
- Aprobar examen médico y psicotécnico.
- Aprobar examen teórico de motocicletas.
- Aprobar un examen práctico en circuito.
- Presentar una motocicleta o vehículo adecuado.
- Utilizar casco y equipamiento exigido.
Para la autorización restringida destinada a triciclos motorizados de carga existen reglas especiales, incluido un examen teórico simplificado y una habilitación limitada a ese vehículo.
Requisitos para licencia profesional
Las licencias profesionales exigen:
- Tener como mínimo 20 años.
- Haber poseído clase B por al menos dos años.
- Aprobar un curso teórico y práctico en una escuela profesional reconocida.
- Aprobar el examen teórico municipal de la clase solicitada.
- Aprobar los exámenes médicos y psicotécnicos.
- Acreditar la antigüedad especial exigida para A3 o A5, cuando corresponda.
- Aprobar formación con simulador en las vías alternativas previstas por la ley.
- No estar afecto a una inhabilidad.
La información detallada puede revisarse en la ficha oficial de licencia profesional clase A.
Requisito especial para A3
Para acceder a A3 se exige normalmente una determinada antigüedad en clases profesionales anteriores. En ciertos casos puede utilizarse una vía especial de formación que incluye un curso con Simulador de Inmersión Total o una tecnología equivalente autorizada.
Requisito especial para A5
Para obtener A5 se exige antigüedad en clases profesionales anteriores o aprobar la vía especial de formación que contempla el simulador y las condiciones reglamentarias.
Nueva inhabilidad para determinadas licencias profesionales
La Ley N.º 21.733, publicada el 5 de abril de 2025, incorporó una inhabilidad relacionada con condenas por determinados delitos de connotación sexual.
La modificación afecta especialmente a postulantes de licencias profesionales destinadas al transporte de personas:
- A1.
- A2.
- A3.
La finalidad es impedir que personas condenadas por los delitos definidos en la norma accedan a autorizaciones que permiten transportar pasajeros, escolares o personas especialmente vulnerables.
La municipalidad revisa los antecedentes correspondientes y no puede omitir la inhabilidad por decisión discrecional.
Exámenes exigidos por la ley
La municipalidad debe comprobar conocimientos y aptitudes mediante distintas evaluaciones.
| Examen | Finalidad |
|---|---|
| Médico | Determinar la aptitud física y psíquica y detectar condiciones que hagan peligrosa la conducción. |
| Sensométrico | Evaluar visión, audición y capacidades sensoriales. |
| Psicotécnico | Medir reflejos, coordinación, atención y respuesta frente a estímulos. |
| Teórico | Comprobar conocimientos de tránsito, señalización, riesgos y seguridad vial. |
| Práctico | Demostrar control real del vehículo correspondiente a la clase. |
Los exámenes prácticos deben rendirse conduciendo el tipo de vehículo asociado con la clase solicitada. No se puede obtener clase C rindiendo únicamente en un automóvil ni clase D sin demostrar manejo de la maquinaria correspondiente.
Segunda oportunidad y denegación
Los postulantes cuentan generalmente con dos oportunidades por cada examen dentro del mismo proceso.
Si reprueban la primera evaluación, deben repetirla dentro del plazo máximo establecido. ChileAtiende informa un período de hasta 25 días hábiles desde la primera reprobación.
Si la persona:
- No se presenta dentro del plazo.
- Vuelve a reprobar.
- No completa el procedimiento.
La solicitud puede terminar denegada.
Cuando una denegación se debe a una causa susceptible de ser solucionada, la Ley de Tránsito establece que la persona no puede volver a presentar inmediatamente la misma solicitud. Después de la primera denegación debe esperar el plazo legal y, en nuevas denegaciones, el período puede ser mayor.
Los antecedentes y resultados se registran en la plataforma nacional, por lo que no corresponde iniciar simultáneamente procesos en varias comunas para ocultar una reprobación.
Vigencia legal de la licencia
La Ley de Tránsito señala que la licencia es de duración indefinida mientras el titular mantenga los requisitos exigidos. Sin embargo, esto no significa que el documento pueda utilizarse para siempre sin controles.
La persona debe acreditar periódicamente que conserva su idoneidad:
- Licencias no profesionales B y C: cada seis años.
- Licencias especiales D, E y F: normalmente cada seis años.
- Licencias profesionales: cada cuatro años.
- Antiguas licencias A1 y A2 anteriores al 8 de marzo de 1997: cada cuatro años.
En el lenguaje cotidiano se habla de una licencia que “vence” porque el documento contiene la fecha del siguiente control. Si la persona no renueva dentro de ese período y no existe una prórroga legal, no puede seguir conduciendo.
Vigencia restringida por razones médicas
El médico municipal puede recomendar una vigencia inferior cuando:
- Existe una enfermedad que requiere controles frecuentes.
- La visión se encuentra cerca del límite permitido.
- Hay una condición neurológica controlada.
- Existen antecedentes cardiovasculares.
- La edad y el estado general aconsejan una revisión anticipada.
- Se utiliza una adaptación.
- Existe una deficiencia que no es grave, pero requiere seguimiento.
Por lo tanto, no todas las licencias clase B se entregan necesariamente por seis años ni todas las profesionales por cuatro. La fecha efectiva será la indicada en el documento.
Prórroga de licencias durante 2026
La Ley N.º 21.806 incorporó una extensión extraordinaria para enfrentar la acumulación de renovaciones.
| Vencimiento original | Nueva vigencia legal |
|---|---|
| Cualquier fecha de 2025 | Hasta el 31 de diciembre de 2026. |
| Cualquier fecha de 2026 | Seis meses adicionales desde la fecha original. |
Ejemplos de prórroga
- Licencia que venció el 10 de enero de 2025: vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Licencia que venció el 20 de diciembre de 2025: vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Licencia que vence el 15 de marzo de 2026: prorrogada hasta el 15 de septiembre de 2026.
- Licencia que vence el 28 de noviembre de 2026: prorrogada hasta el 28 de mayo de 2027.
La extensión opera automáticamente y no exige:
- Timbre municipal.
- Certificado adicional.
- Anotación en la tarjeta.
- Pago previo.
- Solicitud por internet.
La prórroga no impide renovar antes. Hacerlo anticipadamente puede ser conveniente para evitar congestión al final del período.
Renovaciones anteriores prorrogadas
Durante años anteriores existieron extensiones para licencias cuyo control correspondía en 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Esas prórrogas tenían reglas y fechas diferentes. Una persona con una licencia antigua no debería asumir que continúa vigente durante 2026 solo porque escuchó que “todas las licencias fueron extendidas”.
Debe revisar:
- Fecha original impresa.
- Año al que correspondía el control.
- Prórroga específica aplicable.
- Fecha final de la extensión.
- Existencia de una renovación posterior.
Cuando el documento corresponde a 2024 o años anteriores, se recomienda consultar directamente a la Dirección de Tránsito y evitar conducir hasta confirmar su vigencia.
Renovación de la licencia
Para renovar se debe realizar un nuevo control municipal.
Los documentos básicos suelen ser:
- Cédula de identidad vigente.
- Licencia anterior.
- Antecedentes médicos solicitados.
- Documentos por pérdida o bloqueo, si corresponde.
- Certificados especiales para determinadas clases.
Durante la renovación se revisan:
- Antecedentes del Registro Nacional de Conductores.
- Idoneidad moral.
- Visión.
- Audición.
- Reflejos.
- Coordinación.
- Condiciones de salud.
- Declaraciones juradas.
- Conocimientos teóricos en los casos exigidos.
En una renovación ordinaria de clase B normalmente no se repite el examen práctico. Puede exigirse en situaciones especiales, como una orden judicial, una extensión de clase o una revisión extraordinaria.
Licencia de conducir digital
La licencia digital comenzó a implementarse progresivamente en Chile durante 2025. El proceso se inició en las regiones de Tarapacá y Aysén y posteriormente se extendió al resto del país, incluyendo la Región Metropolitana desde septiembre de 2025.
La nueva licencia contempla:
- Documento físico de diseño estandarizado.
- Versión digital en una aplicación oficial.
- Código QR dinámico.
- Información actualizada desde el Registro Nacional de Conductores.
- Verificación más segura por parte de fiscalizadores.
- Mayor trazabilidad del proceso municipal.
La aplicación y sus instrucciones se encuentran en el portal oficial de la Licencia de Conducir Digital de CONASET.
Quién puede acceder a la licencia digital
La licencia digital se obtiene a medida que las personas:
- Sacan su licencia por primera vez.
- Renuevan el documento.
- Realizan un trámite que genera una nueva licencia dentro del sistema actualizado.
Descargar la aplicación no transforma automáticamente una licencia antigua en digital. Primero debe existir una licencia emitida por una municipalidad mediante el nuevo sistema.
Equivalencia del documento digital
La imagen que aparece en la aplicación oficial constituye un equivalente de la versión física para los efectos reconocidos por la normativa.
La aplicación consulta:
- Identidad del conductor.
- Clases autorizadas.
- Restricciones.
- Estado del documento.
- Vigencia.
- Información que permite validar el código QR.
No es obligatorio renovar anticipadamente solo para tenerla
Quien posee una licencia física vigente no necesita adelantar la renovación exclusivamente para obtener la versión digital. Puede continuar utilizando el documento mientras mantenga su vigencia legal.
Licencia física y digital
El sistema contempla ambas versiones. Es recomendable conservar la tarjeta física, especialmente cuando:
- El teléfono no tiene batería.
- No existe conexión suficiente.
- La aplicación presenta una falla.
- Se viaja fuera del país.
- Una institución solicita revisar el soporte físico.
Plataforma electrónica nacional
Las municipalidades deben utilizar la plataforma electrónica para otorgar o denegar licencias. El objetivo es evitar expedientes aislados y mejorar la comunicación con el Registro Nacional de Conductores.
La plataforma permite:
- Registrar solicitudes.
- Guardar resultados de exámenes.
- Revisar procesos anteriores.
- Consultar restricciones.
- Evitar solicitudes simultáneas.
- Comunicar otorgamientos y denegaciones.
- Actualizar la licencia digital.
Cuando existe una carpeta física de un proceso antiguo y el conductor solicita un trámite que genera un nuevo documento, la normativa exige respaldar digitalmente esos antecedentes dentro del procedimiento.
Registro Nacional de Conductores
El Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados es administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Contiene información como:
- Identificación del conductor.
- Municipalidad que otorgó la licencia.
- Clases autorizadas.
- Fecha del documento.
- Restricciones.
- Condenas relevantes.
- Suspensiones.
- Cancelaciones.
- Infracciones que deben anotarse.
Las municipalidades y los tribunales deben comunicar los cambios dentro de los plazos legales.
El registro permite que una persona no pueda ocultar una suspensión simplemente solicitando una nueva licencia en otra comuna.
Actualización de domicilio
El conductor debe registrar su domicilio y comunicar los cambios ante:
- La municipalidad que otorgó la licencia.
- La municipalidad de su nuevo domicilio.
El Departamento de Tránsito debe comunicar la modificación al Registro Nacional de Conductores.
Mantener la dirección actualizada es importante para:
- Notificaciones.
- Renovaciones.
- Verificación de competencia municipal.
- Trámites judiciales.
- Control de antecedentes.
Duplicado por pérdida o destrucción
La ley permite otorgar un duplicado cuando la licencia:
- Se extravía.
- Es robada.
- Queda destruida total o parcialmente.
Antes de pedirlo puede ser necesario bloquear el documento en el Registro Civil. El bloqueo de licencia informado por ChileAtiende puede ser temporal o definitivo.
Si el documento está próximo a vencer, conviene preguntar a la municipalidad si corresponde solicitar un duplicado o pasar directamente al control de renovación.
El duplicado no extiende la fecha de vigencia ni elimina una suspensión.
Licencias restringidas y vehículos adaptados
La Ley de Tránsito permite otorgar licencias restringidas:
- A un vehículo determinado.
- A horarios específicos.
- A áreas geográficas definidas.
- Al uso de lentes.
- Al uso de audífono.
- A determinadas adaptaciones.
Una persona con una alteración física puede obtener licencia si logra conducir de forma satisfactoria mediante adaptaciones fijas y seguras.
Puede requerirse:
- Evaluación médica.
- Informe funcional.
- Revisión técnica de la adaptación.
- Examen práctico en el vehículo adaptado.
- Identificación del vehículo autorizado.
Conducir sin cumplir las restricciones anotadas puede constituir una infracción, aunque la licencia todavía se encuentre dentro de su fecha de vigencia.
Suspensión, cancelación e inhabilidad
Estas medidas no significan lo mismo.
| Medida | Efecto |
|---|---|
| Suspensión | Prohíbe conducir durante un período determinado. |
| Cancelación | Deja sin efecto la licencia y elimina la autorización vigente. |
| Inhabilidad | Impide obtener una licencia durante el período o de manera permanente, según la sentencia. |
| Retención | La autoridad retira físicamente el documento mientras se tramita una causa o sanción. |
Una persona suspendida no puede conducir aunque:
- Tenga la tarjeta física.
- La fecha impresa no haya vencido.
- La aplicación muestre una imagen antigua.
- Haya solicitado una renovación.
La información actualizada del registro prevalece sobre la mera posesión de la tarjeta.
Conducir sin haber obtenido licencia
Conducir un vehículo motorizado sin haber obtenido nunca una licencia constituye una infracción gravísima, sin perjuicio de las sanciones penales especiales que pueden aplicarse cuando se trata de vehículos que requieren licencia profesional.
La situación puede implicar:
- Citación al Juzgado de Policía Local.
- Multa.
- Imposibilidad de continuar conduciendo.
- Retiro o traslado del vehículo según las circunstancias.
- Responsabilidad adicional si ocurre un accidente.
No se debe confundir esta conducta con olvidar portar una tarjeta física cuando existe una licencia válida o con conducir usando una clase diferente.
Conducir con una clase incorrecta
Conducir un vehículo con una licencia distinta de la requerida constituye una infracción grave, salvo las reglas especiales establecidas por la ley.
Ejemplos:
- Conducir una motocicleta solamente con clase B.
- Manejar un camión pesado con clase B.
- Prestar servicio de taxi sin licencia profesional A1.
- Conducir un bus sin A3.
- Operar maquinaria que requiere clase D sin esa habilitación.
Cuando se conduce un vehículo para el que se necesita una licencia profesional determinada sin tenerla, pueden existir consecuencias penales además de las sanciones de tránsito.
Conducir con licencia vencida
Una licencia vencida no habilita para conducir, salvo que se encuentre cubierta por una prórroga legal vigente.
Reservar una hora de renovación no extiende su vigencia. Tampoco sirven como reemplazo:
- Correo de reserva.
- Captura de pantalla de la cita.
- Comprobante de pago municipal.
- Certificado médico particular.
- Solicitud pendiente.
La persona puede ser citada al Juzgado de Policía Local y quedar impedida de continuar conduciendo.
Antes de concluir que la licencia se encuentra vencida, debe aplicarse correctamente la prórroga de 2025 o 2026, si corresponde.
Uso de licencia falsa o perteneciente a otra persona
La falsificación o uso consciente de una licencia falsa constituye una conducta penal.
La Ley de Tránsito sanciona, entre otras acciones:
- Falsificar una licencia.
- Falsificar una boleta de citación.
- Falsificar un permiso provisional.
- Utilizar una licencia perteneciente a otra persona.
- Presentar certificados falsos para obtenerla.
- Obtenerla mediante soborno, amenaza o influencias indebidas.
- Certificar falsamente la aprobación de cursos o conocimientos.
Estas conductas pueden generar:
- Penas privativas de libertad.
- Multas.
- Suspensión.
- Inhabilidad para obtener licencia.
- Anenas privativas de libertad.
- Multas.
- Suspensiónotaciones en registros.
La licencia digital y el código QR buscan dificultar precisamente la falsificación y el uso de tarjetas pertenecientes a terceros.
Ley Jacinta y nuevas reglas de salud
La Ley N.º 21.797, conocida públicamente como Ley Jacinta, fue publicada el 7 de febrero de 2026.
Entre sus modificaciones relacionadas con las licencias se encuentran:
- Nueva declaración jurada sobre enfermedades inhabilitantes o restrictivas.
- Obligación de aplicar un procedimiento reglamentado para evaluar aptitud física y psíquica.
- Exigencia de suscribir las declaraciones para todo tipo de licencia.
- Incorporación de una infracción por declarar falsamente.
- Cancelación de la licencia cuando se acredita la declaración falsa.
Declaración de enfermedades
La ley incorpora el deber de declarar que la persona no ha sido diagnosticada ni conoce que padece alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas definidas en el reglamento.
La finalidad es que la evaluación municipal cuente con información real sobre condiciones que puedan producir:
- Pérdida de conciencia.
- Crisis convulsivas.
- Somnolencia grave.
- Alteraciones visuales.
- Deterioro cognitivo.
- Movimientos involuntarios.
- Incapacidad para reaccionar.
- Otras situaciones peligrosas para la conducción.
Entrada en vigencia diferida
Las modificaciones de la Ley Jacinta no comenzaron a operar de manera inmediata con su publicación.
La norma establece que:
- El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones debe dictar un reglamento, suscrito también por el Ministerio de Salud, dentro de doce meses desde la publicación.
- Las modificaciones a la Ley de Tránsito comenzarán a regir noventa días después de la publicación de ese reglamento.
A julio de 2026, el plazo para dictar el reglamento todavía se encontraba en desarrollo. Por ello, debe distinguirse entre las nuevas reglas ya aprobadas por el Congreso y su aplicación práctica una vez que se publique el reglamento y transcurra el período de entrada en vigencia.
Consecuencia de una declaración falsa
Cuando las nuevas normas entren plenamente en vigor, declarar falsamente que no se padece una enfermedad inhabilitante o restrictiva será una infracción grave y podrá producir la cancelación de la licencia.
Esto no significa que toda persona con una enfermedad perderá automáticamente su autorización. El sistema debe diferenciar entre:
- Enfermedad controlada.
- Condición compensada con tratamiento.
- Restricción compatible con la conducción.
- Enfermedad que realmente hace peligrosa la conducción.
La obligación principal será informar con veracidad y someterse al procedimiento médico.
Otros cambios asociados con la Ley Jacinta
La Ley N.º 21.797 también modificó materias relacionadas con:
- Uso de cámaras o monitores en determinados vehículos.
- Condiciones para acompañantes de motocicletas.
- Seguro Obligatorio de Accidentes Personales.
- Indemnizaciones del SOAP.
Respecto de las motocicletas, la norma establece que el acompañante debe:
- Tener al menos doce años.
- Mantener los pies apoyados en los reposapiés.
- No ubicarse entre el conductor y el manubrio.
Estas materias forman parte de una reforma más amplia de seguridad vial y no se limitan al examen médico.
Delegación municipal durante 2026
La Ley N.º 21.806 autorizó temporalmente a los directores de Tránsito para delegar, mediante resolución fundada, la revisión y verificación del cumplimiento de requisitos en el jefe del gabinete técnico municipal.
La medida busca:
- Mejorar la continuidad del servicio.
- Aumentar la capacidad de atención.
- Reducir atrasos en renovaciones.
- Distribuir mejor las funciones internas.
La delegación no elimina la responsabilidad municipal ni permite omitir exámenes. Solo modifica quién puede efectuar determinadas verificaciones dentro de la estructura autorizada.
Licencias extranjeras y turistas
Los turistas extranjeros pueden conducir en Chile durante el período de su autorización de turismo utilizando una licencia extranjera vigente equivalente a la clase B.
Esta regla no significa que cualquier licencia extranjera permita:
- Trabajar como conductor profesional.
- Conducir taxis.
- Manejar buses.
- Transportar carga pesada.
- Conducir una clase no equivalente.
Los residentes deben revisar si existe un convenio de canje o reconocimiento con su país o si deben obtener una licencia chilena mediante el procedimiento ordinario.
Canje y reconocimiento de licencias extranjeras
Chile mantiene convenios con distintos países. Dependiendo del acuerdo, el procedimiento puede ser un canje o un reconocimiento.
Entre los países que cuentan con trámites específicos se encuentran:
- España.
- Perú.
- Argentina.
- Ecuador.
- Colombia.
- Corea del Sur.
- Japón.
- Bolivia.
Las condiciones no son idénticas. En algunos casos se entrega la licencia extranjera; en otros, se mantiene. También cambian las clases reconocidas y los documentos exigidos.
ChileAtiende mantiene fichas actualizadas, como el reconocimiento de licencia colombiana y el canje de licencia española.
Acuerdo con Bolivia vigente desde 2026
El acuerdo entre Chile y Bolivia sobre licencias de conducir entró en vigor el 30 de abril de 2026 y fue promulgado mediante el Decreto N.º 69 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Este convenio facilita el reconocimiento o tratamiento recíproco de determinadas licencias conforme a sus condiciones.
Una persona interesada debe verificar:
- Clases incluidas.
- Nacionalidad exigida.
- Vigencia del documento extranjero.
- Residencia en Chile.
- Certificado de la Subsecretaría de Transportes.
- Trámite municipal posterior.
No se debe asumir que cualquier documento boliviano se transforma automáticamente en una licencia chilena sin realizar el procedimiento.
Permiso Internacional de Conducir
El Permiso Internacional de Conducir permite acreditar una licencia chilena en países que no cuentan con un convenio bilateral suficiente.
No reemplaza la licencia chilena. Se utiliza junto con ella y generalmente tiene una vigencia limitada.
ChileAtiende informa que para conducir en Argentina, Bolivia, Ecuador, Perú y España puede bastar la licencia chilena conforme a los acuerdos vigentes, aunque siempre conviene verificar las exigencias del país de destino y de la empresa arrendadora del vehículo.
Aspectos importantes que debe conocer el usuario
La ley principal es la Ley de Tránsito
La regulación de licencias forma parte de la Ley N.º 18.290 y sus reglamentos. No existe una norma separada que contenga por sí sola todos los detalles.
La primera licencia y la renovación no siguen exactamente la misma regla territorial
La primera obtención se vincula con la comuna del domicilio. La renovación puede realizarse actualmente en cualquier municipio, conforme a la información oficial vigente.
La licencia profesional habilita para clase B
Una clase A vigente permite conducir vehículos particulares de clase B. La regla inversa no existe.
La clase B no permite conducir motocicletas
Para motocicletas se necesita clase C.
Una licencia es única para cada conductor
Las distintas clases deben quedar incorporadas en un solo documento nacional.
La fecha impresa no siempre es la fecha final durante 2026
Las licencias de 2025 y 2026 pueden encontrarse prorrogadas por la Ley N.º 21.806.
Una cita no extiende la vigencia
Reservar una hora no autoriza a conducir después del vencimiento legal.
La licencia digital no se obtiene solo descargando la aplicación
Debe existir una emisión municipal compatible con el nuevo sistema.
Una enfermedad no implica necesariamente perder la licencia
Puede existir una autorización restringida o por menor tiempo.
Ocultar una condición médica puede tener consecuencias
La Ley Jacinta reforzará esta materia una vez que entre plenamente en vigor su reglamento.
Una suspensión prevalece sobre la tarjeta
Portar físicamente el documento no autoriza a conducir si existe una sanción vigente.
Conducir otra clase puede generar una sanción grave
Se debe verificar el vehículo, peso, número de asientos y tipo de servicio.
Las falsificaciones pueden constituir delito
No se trata solamente de una multa de tránsito.
Cómo realizar el proceso o encontrar la información
Cómo obtener una primera licencia clase B
- Compruebe que cumple la edad mínima.
- Reúna el certificado de estudios.
- Confirme la municipalidad de su domicilio.
- Revise cómo se acredita residencia.
- Reserve una hora.
- Estudie el manual oficial de CONASET.
- Practique conducción con una persona habilitada o escuela autorizada.
- Prepare un vehículo con documentos vigentes.
- Preséntese con su cédula.
- Rinda el examen médico y psicotécnico.
- Rinda el examen teórico.
- Rinda el examen práctico.
- Revise el resultado.
- Utilice el reexamen dentro de plazo si reprueba.
- Compruebe las clases, restricciones y fecha del documento recibido.
Cómo renovar una licencia
- Revise la fecha original.
- Determine si existe una prórroga.
- Busque una municipalidad con disponibilidad.
- Confirme documentos y costo.
- Reserve la hora correcta para control o renovación.
- Lleve la licencia anterior.
- Lleve la cédula vigente.
- Prepare informes médicos si tiene una condición.
- Rinda los controles exigidos.
- Pague los derechos municipales.
- Solicite comprobante.
- Revise la fecha nueva.
- Active la licencia digital cuando esté disponible.
Cómo solicitar una licencia profesional
- Verifique que tiene al menos 20 años.
- Compruebe la antigüedad de clase B.
- Seleccione la clase profesional adecuada.
- Inscríbase en una escuela reconocida por el Estado.
- Apruebe el curso teórico y práctico.
- Obtenga el certificado del curso.
- Reúna hoja de vida y antecedentes.
- Compruebe si necesita antigüedad profesional previa.
- Realice el curso con simulador cuando corresponda.
- Reserve hora municipal.
- Rinda los exámenes.
- Verifique que no exista una inhabilidad.
Cómo actuar si el examen médico es rechazado
- Solicite el fundamento escrito.
- Pida una copia autorizada del informe.
- Consulte el procedimiento de reevaluación.
- Obtenga un informe de su especialista.
- Reúna exámenes recientes.
- Presente los antecedentes ante el organismo indicado.
- No inicie otro proceso paralelo para ocultar el resultado.
- Espere el pronunciamiento correspondiente.
Cómo verificar una prórroga
- Revise el año original de vencimiento.
- Si es 2025, considere la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Si es 2026, agregue seis meses.
- Si es 2024 o anterior, no aplique automáticamente la nueva prórroga.
- Compruebe que no existe suspensión o cancelación.
- Consulte a la municipalidad si tiene dudas.
Cómo obtener la licencia digital
- Realice una primera obtención o renovación en el sistema actualizado.
- Espere que la municipalidad complete la emisión.
- Descargue la aplicación oficial desde los enlaces de CONASET.
- Ingrese mediante el método de valid la aplicación oficial desde los enlaces de CONASET.
- Ingreseación solicitado.
- Revise clases, restricciones y vigencia.
- Evite aplicaciones de terceros.
- Conserve la licencia física.
Recomendaciones antes de comenzar
- Revise la versión vigente de la ley.
- Utilice ChileAtiende y CONASET.
- No confíe en publicaciones antiguas.
- Compruebe la clase exacta que necesita.
- No compre horas a terceros.
- No pague por supuestas aprobaciones.
- Verifique que la escuela esté reconocida.
- Prepare el vehículo adecuado.
- Lleve lentes o audífonos.
- Declare sus antecedentes con veracidad.
- Guarde los comprobantes.
- Revise las restricciones del documento.
- Actualice su domicilio.
- Compruebe la vigencia antes de conducir.
Errores comunes que conviene evitar
Creer que clase B permite manejar cualquier vehículo: existen límites de peso, asientos y tipo de servicio.
Conducir motocicleta solo con clase B: se necesita clase C.
Confundir renovación con primera obtención: la municipalidad competente y los exámenes pueden cambiar.
Asumir que toda licencia vencida fue prorrogada: la extensión actual se refiere específicamente a vencimientos de 2025 y 2026.
Manejar mostrando la reserva de una hora: el comprobante no reemplaza la licencia.
Descargar una aplicación no oficial: utilice solamente los enlaces de CONASET.
Ocultar una enfermedad: puede afectar la seguridad y producir consecuencias sobre la autorización.
Usar dos licencias de distintas municipalidades: cada conductor debe tener un único documento nacional.
Pedir duplicado cuando corresponde renovar: consulte antes de pagar.
Intentar obtener la licencia en otra comuna después de reprobar: la plataforma registra los procesos.
Conducir durante una suspensión: la tarjeta física no elimina la sanción.
Usar un documento ajeno: puede constituir delito.
Canales, alternativas o recursos útiles
LeyChile
La plataforma LeyChile de la Biblioteca del Congreso Nacional permite consultar el texto vigente, versiones anteriores, modificaciones y reglamentos.
Es el canal recomendado para comprobar:
- Artículo vigente.
- Fecha de publicación.
- Entrada en vigor.
- Modificaciones posteriores.
- Normas transitorias.
- Reglamentos relacionados.
ChileAtiende
El portal ChileAtiende explica en lenguaje práctico:
- Clases de licencia.
- Requisitos.
- Documentos.
- Renovación.
- Canjes extranjeros.
- Bloqueo.
- Permiso internacional.
CONASET
La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito publica:
- Manuales de estudio.
- Información sobre exámenes.
- Licencia digital.
- Seguridad vial.
- Actualizaciones del sistema.
- Material para clases B, C y profesionales.
Licencia Digital
El portal Licencia Digital de CONASET contiene:
- Enlaces oficiales de descarga.
- Preguntas frecuentes.
- Información sobre el QR.
- Condiciones de acceso.
- Política de privacidad.
Municipalidad
La Dirección de Tránsito es el canal definitivo para:
- Reservar hora.
- Confirmar requisitos locales.
- Conocer el costo.
- Acreditar domicilio.
- Rendir exámenes.
- Solicitar renovación.
- Corregir errores.
- Solicitar duplicado.
- Consultar resultados.
Registro Civil
El Servicio de Registro Civil e Identificación administra el Registro Nacional de Conductores y permite realizar determinadas gestiones relacionadas con el bloqueo de documentos.
Juzgado de Policía Local
Corresponde acudir al tribunal cuando:
- Existe una citación.
- La licencia fue retenida.
- Existe una suspensión.
- Se reclama falta de idoneidad moral dentro del procedimiento legal.
- Se necesita cumplir o aclarar una sentencia.
Subsecretaría de Transportes
La Subsecretaría interviene en trámites como:
- Reconocimiento de licencias extranjeras.
- Canjes internacionales.
- Certificados para convenios bilaterales.
- Regulación de escuelas profesionales.
Cuándo conviene usar cada alternativa
| Necesidad | Canal recomendado |
|---|---|
| Revisar el texto legal vigente | LeyChile. |
| Conocer requisitos generales | ChileAtiende. |
| Estudiar el examen | CONASET. |
| Reservar hora | Municipalidad. |
| Bloquear un documento perdido | Registro Civil. |
| Activar la versión digital | Aplicación oficial de Licencia Digital. |
| Canjear una licencia extranjera | Subsecretaría de Transportes y municipalidad. |
| Resolver una licencia retenida | Juzgado de Policía Local. |
| Reclamar una evaluación médica | Municipalidad y procedimiento de reevaluación legal. |
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la ley de licencias de conducir en Chile?
La regulación principal forma parte de la Ley de Tránsito N.º 18.290, cuyo texto refundido se encuentra en el Decreto con Fuerza de Ley N.º 1 de 2007.
¿Dónde puedo leer la ley actualizada?
En LeyChile, plataforma oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional.
¿Existe una ley separada solo para licencias?
No. Las reglas principales están dentro de la Ley de Tránsito y se complementan con varios reglamentos.
¿Quién otorga la licencia?
El Director del Departamento de Tránsito y Transporte Público de una municipalidad autorizada.
¿Puedo obtener mi primera licencia en cualquier comuna?
La primera obtención debe solicitarse en la municipalidad correspondiente al domicilio del postulante.
¿Puedo renovar en cualquier municipalidad?
Sí. ChileAtiende informa que la renovación puede solicitarse en cualquier municipio, sujeto a disponibilidad y verificación de antecedentes.
¿Debo acreditar domicilio para una primera licencia?
Sí. La municipalidad puede pedir un certificado o documento que compruebe residencia.
¿Cuántas clases de licencia existen?
Existen clases profesionales A1 a A5, no profesionales B y C, y especiales D, E y F.
¿Qué permite la clase B?
Vehículos particulares de tres o más ruedas, con hasta nueve asientos sin contar al conductor y vehículos de carga de hasta 3.500 kilogramos de peso bruto.
¿La clase B permite conducir una motocicleta?
No. Para motocicletas se necesita clase C.
¿La clase B permite conducir una camioneta?
Sí, si se encuentra dentro del peso y demás características autorizadas.
¿La clase B permite conducir un taxi?
No para prestar servicio remunerado. Se necesita licencia profesional A1 o la clase profesional que corresponda.
¿La clase B permite conducir un camión?
Solo vehículos de carga cuyo peso bruto no supere 3.500 kilogramos. Sobre ese límite se necesita licencia profesional.
¿Qué permite la clase C?
Motocicletas, motonetas, bicimotos y otros vehículos de dos o tres ruedas con motor.
¿Qué permite la clase D?
Maquinaria automotriz, como tractores, grúas y retroexcavadoras.
¿Qué permite la clase E?
Vehículos de tracción animal.
¿Qué permite la clase F?
Vehículos institucionales de los organismos señalados por la ley.
¿Qué permite la licencia A1?
Conducir taxis.
¿Qué permite la licencia A2?
Taxis, ambulancias y vehículos de transporte de personas dentro de los límites de asientos establecidos.
¿Qué permite la licencia A3?
Transporte de personas sin límite de capacidad de asientos, incluyendo buses y transporte escolar.
¿Qué permite la licencia A4?
Vehículos simples de carga con peso bruto superior a 3.500 kilogramos.
¿Qué permite la licencia A5?
Vehículos de carga simples o articulados superiores a 3.500 kilogramos.
¿Una licencia profesional permite conducir autos particulares?
Sí. Las licencias profesionales habilitan también para vehículos clase B.
¿Una persona puede tener dos licencias?
No. La ley establece un solo documento por conductor, en el que se indican todas las clases autorizadas.
¿Puedo tener una licencia de una comuna y otra de otra comuna?
No. Tener más de una licencia contradice la regla nacional de documento único.
¿Qué edad necesito para clase B?
La edad general es 18 años.
¿Puedo sacar clase B a los 17 años?
Sí, excepcionalmente, con curso autorizado, permiso del representante legal y cumplimiento de los demás requisitos.
¿Puedo conducir solo a los 17 años?
No. Debe ir acompañado por una persona habilitada con al menos cinco años de antigüedad en su licencia.
¿Qué pasa si un menor conduce sin acompañante?
Se considera que conduce sin licencia para los efectos legales.
¿Qué edad se exige para licencia profesional?
Como mínimo, 20 años.
¿Necesito haber tenido clase B?
Sí. Para las licencias profesionales se exige normalmente al menos dos años de antigüedad en clase B.
¿Debo estudiar en una escuela profesional?
Sí. Las licencias clase A requieren aprobar un curso en una escuela profesional reconocida por el Estado.
¿Una escuela puede garantizar que aprobaré?
No. La municipalidad realiza la evaluación final.
¿Qué es la idoneidad moral?
Es la revisión de antecedentes y condenas relevantes para determinar si la persona reúne las condiciones exigidas por la ley.
¿Una multa de tránsito impide sacar licencia?
No toda multa produce una denegación. Depende de su naturaleza, de las condenas y del registro aplicable.
¿Qué es la idoneidad física y psíquica?
Es la capacidad médica, sensorial, motriz y mental necesaria para conducir sin generar un peligro indebido.
¿Tener una enfermedad impide obtener licencia?
No necesariamente. Puede estar controlada o permitir una licencia restringida.
¿Pueden entregarme una licencia por menos años?
Sí. La municipalidad puede fijar una vigencia menor por razones médicas o de control.
¿Pueden obligarme a usar lentes?
Sí, cuando son necesarios para cumplir el estándar visual.
¿Puede limitarse la licencia a un vehículo?
Sí, especialmente cuando se utilizan adaptaciones especiales.
¿Puede limitarse a una zona u horario?
Sí. La ley permite restricciones geográficas y horarias en casos justificados.
¿Qué exámenes se rinden?
Evaluación médica, sensométrica, psicotécnica, teórica y práctica, según la clase y el trámite.
¿Debo rendir práctico al renovar clase B?
No normalmente. Puede exigirse en situaciones especiales.
¿Cuántas oportunidades tengo por examen?
Generalmente dos oportunidades dentro del mismo proceso.
¿Cuánto plazo tengo para repetir?
ChileAtiende informa un máximo de 25 días hábiles desde la primera reprobación.
¿Qué pasa si repruebo dos veces?
La solicitud termina denegada y deberá iniciar un nuevo proceso después del plazo correspondiente.
¿Puedo ir a otra municipalidad después de reprobar?
No corresponde iniciar otro proceso para ocultar el resultado. La plataforma nacional registra los antecedentes.
¿Cada cuánto se renueva clase B?
El control ordinario se realiza cada seis años, salvo que la licencia tenga una vigencia restringida.
¿Cada cuánto se renueva clase C?
Normalmente cada seis años.
¿Cada cuánto se renueva una profesional?
Cada cuatro años, salvo vigencia inferior.
¿Por qué la ley dice que la licencia es indefinida?
Porque la autorización se mantiene mientras el titular conserva las condiciones, pero debe acreditar periódicamente su idoneidad mediante controles.
¿Las licencias vencidas en 2025 siguen vigentes?
Sí. Se encuentran prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto se prorrogan las licencias que vencen en 2026?
Seis meses desde la fecha original de expiración.
¿Debo solicitar la prórroga?
No. Opera automáticamente por ley.
¿Debo poner un timbre en la licencia?
No. La Ley N.º 21.806 indica que no se necesita anotación ni trámite adicional.
¿Una licencia de 2024 sigue prorrogada?
No debe asumirse. Las prórrogas anteriores tenían sus propias fechas y deben revisarse separadamente.
¿Puedo renovar antes de que termine la prórroga?
Sí. Es recomendable hacerlo con anticipación.
¿La hora de renovación permite conducir vencido?
No. La reserva no es una autorización provisional.
¿Qué es la licencia digital?
Es la versión electrónica oficial de la licencia, disponible mediante una aplicación del Ministerio de Transportes.
¿La licencia digital reemplaza a la física?
La versión digital es equivalente para los efectos reconocidos, pero el sistema contempla también la tarjeta física.
¿Puedo obtenerla solo descargando la aplicación?
No. Debe haber una licencia emitida mediante el nuevo sistema municipal.
¿Tengo que renovar anticipadamente para tenerla?
No. Puede esperar el control normal de su licencia vigente.
¿Qué información muestra el código QR?
Permite a las autoridades consultar información actualizada sobre la identidad, las clases, restricciones, estado y vigencia.
¿Una captura de pantalla sirve como licencia?
Lo recomendable es utilizar la aplicación oficial, porque el QR es dinámico y permite verificar información actualizada.
¿Qué pasa si mi teléfono no tiene batería?
Por eso es conveniente conservar y portar también la tarjeta física.
¿Qué es la Ley Jacinta?
Es la Ley N.º 21.797, que fortalece la declaración y evaluación de aptitudes físicas y psíquicas para conducir.
¿La Ley Jacinta ya está completamente vigente?
Fue publicada en febrero de 2026, pero sus cambios a la Ley de Tránsito comenzarán a regir noventa días después de la publicación de su reglamento.
¿Qué declaración exigirá?
Una declaración jurada sobre la existencia o conocimiento de enfermedades inhabilitantes o restrictivas definidas por el reglamento.
¿Qué pasa si una persona miente?
La ley contempla una infracción grave y la cancelación de la licencia cuando el nuevo régimen entre plenamente en vigor y se acredite la falsedad.
¿Toda enfermedad será inhabilitante?
No. El reglamento deberá diferenciar enfermedades incompatibles, condiciones controladas y restricciones compensables.
¿Qué cambió para las licencias profesionales en 2025?
La Ley N.º 21.733 incorporó una inhabilidad para determinadas clases profesionales cuando existen condenas por delitos sexuales definidos por la norma.
¿A qué clases afecta esa inhabilidad?
Principalmente a A1, A2 y A3, relacionadas con el transporte de personas.
¿Qué es la plataforma electrónica nacional?
Es el sistema que utilizan las municipalidades para registrar solicitudes, exámenes, otorgamientos y denegaciones.
¿Puede una municipalidad no utilizarla?
Las municipalidades autorizadas deben utilizarla. El incumplimiento puede afectar su autorización para otorgar licencias.
¿Qué información tiene el Registro Nacional de Conductores?
Identificación, clases, municipalidad emisora, restricciones, condenas, suspensiones y cancelaciones, entre otros antecedentes.
¿Debo informar un cambio de domicilio?
Sí. Debe registrarlo en la municipalidad emisora o en la de su nuevo domicilio.
¿Qué hago si pierdo la licencia?
Bloquee el documento y consulte a la municipalidad para solicitar un duplicado o renovar si está próxima a vencer.
¿El duplicado cambia la fecha de vencimiento?
No. Mantiene la vigencia del documento original.
¿Puedo pedir duplicado si está suspendida?
El duplicado no elimina la suspensión. La municipalidad revisará el registro.
¿Qué significa licencia suspendida?
Que existe una prohibición temporal para conducir.
¿Qué significa licencia cancelada?
Que la autorización fue dejada sin efecto.
¿Qué significa estar inhabilitado?
Que la persona no puede obtener o utilizar una licencia durante el período fijado o de manera permanente.
¿Puedo conducir si tengo la tarjeta pero estoy suspendido?
No. La sanción prevalece sobre la posesión física.
¿Conducir sin licencia es una infracción gravísima?
Sí, cuando la persona nunca ha obtenido la autorización, sin perjuicio de sanciones especiales.
¿Conducir con una clase incorrecta es lo mismo?
No. Es una conducta distinta, clasificada como infracción grave y que puede tener consecuencias mayores en vehículos profesionales.
¿Puedo conducir una moto con clase B si es de baja cilindrada?
No por el solo hecho de tener baja cilindrada. Si el vehículo requiere clase C, debe obtenerla.
¿Puedo conducir un camión de más de 3.500 kilos con clase B?
No. Se requiere la licencia profesional correspondiente.
¿Usar una licencia de otra persona es delito?
Puede constituir delito cuando se utiliza conscientemente un documento ajeno.
¿Falsificar una licencia es delito?
Sí. La Ley de Tránsito contempla penas privativas de libertad, multas e inhabilidades.
¿Un turista puede conducir con su licencia extranjera?
Sí, durante su autorización de turismo y cuando la licencia vigente sea equivalente a clase B.
¿Un turista puede trabajar como conductor profesional?
No utilizando solamente la autorización extranjera equivalente a clase B.
¿Un residente extranjero debe sacar licencia chilena?
Debe revisar si su país tiene convenio de canje o reconocimiento. En caso contrario, debe realizar el procedimiento ordinario.
¿Chile reconoce licencias colombianas?
Existe un procedimiento de reconocimiento para las clases y condiciones informadas por ChileAtiende.
¿Chile permite canjear licencias peruanas?
Sí, dentro del convenio y de las categorías expresamente reconocidas.
¿Existe convenio con Bolivia?
Sí. El acuerdo entró en vigor el 30 de abril de 2026.
¿El convenio transforma automáticamente la licencia extranjera?
No. Debe solicitarse el certificado y completar el trámite municipal correspondiente.
¿Dónde verifico los cambios futuros?
En LeyChile, ChileAtiende, CONASET y el sitio oficial del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Conclusión
La regulación de las licencias de conducir en Chile se encuentra principalmente en la Ley de Tránsito N.º 18.290 y en sus reglamentos. Estas normas determinan quién puede conducir, qué clase necesita, cómo se acredita la aptitud y qué sanciones existen frente al incumplimiento.
Las licencias se dividen en profesionales, no profesionales y especiales. La clase B permite conducir vehículos particulares dentro de los límites legales de peso y capacidad. La clase C corresponde a motocicletas. Las clases A autorizan el transporte profesional de pasajeros o carga y las clases D, E y F cubren maquinaria, vehículos de tracción animal y vehículos institucionales.
Para obtener una licencia se deben acreditar idoneidad moral, física y psíquica, conocimientos teóricos y prácticos, identidad y los requisitos especiales de la clase. La autorización no depende solamente de aprobar un examen de manejo.
Cada conductor puede poseer una sola licencia a nivel nacional. Cuando obtiene una nueva clase, esta debe incorporarse al mismo documento. Las municipalidades registran los antecedentes en una plataforma electrónica y comunican los resultados al Registro Nacional de Conductores.
Las licencias B, C y especiales se controlan normalmente cada seis años. Las profesionales se renuevan cada cuatro. La municipalidad puede fijar un período inferior cuando existe una condición médica que requiere seguimiento.
Durante 2026 existen prórrogas excepcionales. Los documentos con vencimiento original durante 2025 se consideran vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Los que vencen durante 2026 tienen seis meses adicionales desde la fecha impresa.
La licencia digital ya se encuentra implementada en el país para quienes obtienen o renuevan mediante el nuevo sistema. Incluye una versión física, una aplicación oficial y un código QR que permite consultar información actualizada.
La Ley N.º 21.733 incorporó una nueva inhabilidad para determinadas licencias profesionales vinculadas con el transporte de personas. La Ley Jacinta, publicada en febrero de 2026, reforzará la declaración y evaluación de enfermedades inhabilitantes una vez que se dicte su reglamento y transcurra el plazo de entrada en vigencia.
Conducir sin haber obtenido licencia, utilizar una clase incorrecta, manejar durante una suspensión o usar un documento falso son conductas diferentes y tienen consecuencias distintas. Algunas se tramitan como infracciones ante el Juzgado de Policía Local y otras pueden constituir delitos.
Antes de realizar una primera obtención, renovación, extensión de clase o canje extranjero, se recomienda verificar la información directamente en el texto vigente de la Ley de Tránsito, las fichas de ChileAtiende, el portal de CONASET y el sitio oficial de la municipalidad donde se realizará el trámite.

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