Licencias médicas en el sector privado: pago y obligaciones

Licencias médicas en el sector privado

Las licencias médicas permiten que una persona contratada por una empresa privada se ausente temporalmente de su trabajo o reduzca su jornada cuando una condición de salud le impide desempeñar sus funciones. Durante ese período, el contrato continúa vigente, pero se suspenden total o parcialmente las obligaciones de trabajar y pagar remuneración. Si se cumplen los requisitos legales, el ingreso que el trabajador deja de recibir es reemplazado por el Subsidio por Incapacidad Laboral.

Resumen principal: un trabajador del sector privado debe entregar una licencia en papel a su empleador dentro de dos días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al inicio del reposo. El empleador debe completarla y enviarla a la institución correspondiente dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción. Si la licencia es electrónica y fue transmitida correctamente, normalmente no es necesario entregar un formulario físico, aunque conviene confirmar que la empresa la recibió.

Introducción al tema

Las licencias médicas forman parte del sistema de protección social de los trabajadores. Su objetivo es permitir que una persona se recupere sin verse obligada a continuar desempeñando funciones que pueden agravar su enfermedad, retrasar un tratamiento o generar riesgos para ella y para terceros.

En el sector privado, la licencia produce un efecto importante sobre el contrato: el trabajador queda liberado total o parcialmente de prestar servicios durante el período de reposo, mientras que el empleador deja de estar obligado a pagar la remuneración correspondiente al tiempo no trabajado. Si la licencia es autorizada y se cumplen los requisitos previsionales, ese ingreso es reemplazado por el Subsidio por Incapacidad Laboral, conocido como SIL.

La licencia no pone término al contrato. El vínculo laboral continúa existiendo, pero determinadas obligaciones quedan suspendidas. El trabajador conserva su calidad de dependiente, debe cumplir el reposo y puede mantener derechos laborales que no dependen directamente de la prestación diaria de servicios.

La Dirección del Trabajo explica que la licencia médica es el documento legal que justifica la ausencia por motivos de salud. También señala que el reposo suspende la obligación del trabajador de prestar servicios y la obligación del empleador de pagar la remuneración por esos servicios, que puede ser reemplazada por el subsidio correspondiente.

El proceso involucra a varias personas e instituciones:

  • El profesional de la salud evalúa al paciente y emite la licencia.
  • El trabajador revisa sus datos, informa el reposo y cumple las indicaciones.
  • El empleador recibe o consulta el documento, incorpora antecedentes laborales y lo tramita.
  • La COMPIN o la Isapre autoriza, reduce, amplía o rechaza el reposo.
  • La Caja de Compensación, Isapre, organismo público, mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral puede calcular y pagar el beneficio económico.

Estas funciones no deben confundirse. El empleador no autoriza médicamente la licencia y el profesional que la emite no decide si el trabajador cumple los requisitos de cotizaciones para recibir el pago.

Tampoco todas las licencias se pagan de la misma forma. Influyen la duración, el origen de la enfermedad, la afiliación a Fonasa o Isapre, la Caja de Compensación del empleador, la existencia de licencias continuadas y el historial previsional del trabajador.

Este artículo explica cómo funcionan las licencias médicas en empresas privadas, quién debe pagarlas, qué ocurre con los primeros tres días, cuáles son las obligaciones del trabajador y del empleador, cómo se tramitan los documentos electrónicos y en papel, qué sucede si termina el contrato y dónde reclamar frente a un rechazo, una demora o un cálculo incorrecto.

Información principal

Qué es una licencia médica en el sector privado

Una licencia médica es una indicación profesional que reconoce el derecho de un trabajador a ausentarse de su empleo o reducir su jornada durante un tiempo determinado. Puede ser emitida por un médico cirujano, un cirujano dentista o una matrona dentro del ámbito de sus competencias.

El reposo puede ser:

  • Total: el trabajador no debe realizar sus funciones durante todos los días indicados.
  • Parcial: el trabajador cumple media jornada y descansa durante la otra mitad, de acuerdo con el horario establecido en el documento.

La licencia puede originarse por una enfermedad común, un accidente común, una patología del embarazo, un descanso maternal, una enfermedad grave de un niño menor de un año, un accidente del trabajo o una enfermedad profesional, entre otras contingencias reconocidas.

La definición legal y el procedimiento general se encuentran regulados por el Decreto Supremo Nº 3 de 1984 del Ministerio de Salud. Esta normativa establece que la licencia debe ser autorizada por la COMPIN o la Isapre para producir sus efectos completos.

Efecto de la licencia sobre el contrato de trabajo

La licencia suspende temporalmente determinadas obligaciones del contrato, pero no elimina la relación laboral.

Durante un reposo total:

  • El trabajador no está obligado a prestar servicios.
  • El empleador no debe exigir asistencia, conexión remota ni cumplimiento de tareas.
  • El empleador normalmente no paga la remuneración correspondiente a los días no trabajados.
  • El ingreso puede ser reemplazado por el Subsidio por Incapacidad Laboral.
  • El trabajador debe cumplir las indicaciones médicas y estar disponible para controles o fiscalizaciones legales.

En una licencia parcial, la suspensión afecta solo la mitad de la jornada. El empleador paga el tiempo efectivamente trabajado y la entidad responsable calcula el subsidio proporcional por la parte cubierta por el reposo.

Durante el período de licencia, la empresa debe adoptar las medidas necesarias para que el trabajador no asista a trabajar. La Dirección del Trabajo señala que el empleador debe velar por el cumplimiento de las medidas preventivas o reparadoras indicadas y verificar que el dependiente no se presente durante el período cubierto.

Quién paga una licencia médica en una empresa privada

En la mayoría de los casos, el empleador privado no es la institución que financia directamente los días de reposo. El beneficio económico es pagado por la entidad encargada del Subsidio por Incapacidad Laboral.

La institución depende de la afiliación de salud, de la Caja de Compensación del empleador y del origen de la incapacidad.

SituaciónInstitución que normalmente pagaObservación
Trabajador afiliado a Fonasa y empresa afiliada a una Caja de CompensaciónCaja de Compensación correspondiente.La COMPIN se pronuncia sobre el reposo y la Caja administra el subsidio de origen común.
Trabajador afiliado a Fonasa sin Caja de Compensación aplicableEntidad pública responsable del subsidio, conforme a la tramitación de COMPIN.La consulta de la licencia debe indicar la institución encargada del pago.
Trabajador afiliado a IsapreLa Isapre.La Isapre revisa, calcula y paga el SIL si existe derecho.
Accidente del trabajo o enfermedad profesionalMutualidad, Instituto de Seguridad Laboral u organismo administrador correspondiente.Debe reconocerse el origen laboral de la contingencia.
Empresa con convenio para adelantar el subsidioEl empleador puede entregar el pago y solicitar posteriormente el reembolso.No todas las empresas tienen este sistema.

Las Cajas de Compensación se encuentran facultadas para pagar los subsidios de origen común de trabajadores afiliados a Fonasa pertenecientes a empresas incorporadas a esas instituciones.

Qué es el Subsidio por Incapacidad Laboral

El Subsidio por Incapacidad Laboral es el monto que reemplaza total o parcialmente la remuneración que el trabajador deja de recibir mientras se encuentra con una licencia autorizada.

Para acceder al SIL deben cumplirse dos grupos de condiciones:

  • Que el reposo haya sido autorizado por la institución competente.
  • Que el trabajador cumpla los requisitos laborales y previsionales aplicables.

Por esa razón, una licencia puede aparecer como “autorizada sin derecho a subsidio”. En esa situación se acepta el reposo, pero se concluye que no corresponde entregar dinero debido a la falta de cotizaciones, afiliación u otro requisito económico.

La Superintendencia de Salud define el SIL como el monto que reemplaza la remuneración o renta del trabajador durante una licencia autorizada.

Requisitos previsionales para recibir el subsidio

Para un trabajador dependiente del sector privado afecto a las reglas generales, se exige normalmente:

  • Contar con una licencia médica autorizada.
  • Tener al menos seis meses de afiliación previsional.
  • Registrar al menos tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores al inicio de la licencia.
  • Acreditar una relación laboral vigente o una continuidad protegida.
  • Disponer de remuneraciones o rentas que deban ser reemplazadas.

La exigencia de tres meses ha sido interpretada como noventa días de cotizaciones, continuos o discontinuos, dentro de los seis meses anteriores al inicio del reposo.

Los trabajadores dependientes contratados diariamente por turnos o jornadas cuentan con una regla especial: además del período de afiliación, pueden cumplir el requisito con al menos un mes de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores.

En determinadas licencias originadas por accidentes existen excepciones a los períodos mínimos. La institución revisora debe analizar los antecedentes para decidir si la contingencia cumple las condiciones legales.

Quién paga los primeros tres días

Las licencias comunes de corta duración están sujetas al llamado período de carencia.

Duración de la licencia comúnDesde cuándo se paga el SILDías sin subsidio
Diez días o menosDesde el cuarto día.Los primeros tres días.
Once días o másDesde el primer día.No se aplica carencia.

Si una licencia común dura siete días, el subsidio cubre normalmente desde el cuarto hasta el séptimo día. Los tres primeros no son pagados por la institución del SIL.

El empleador privado tampoco está obligado, por la regla general, a pagar esos primeros tres días. Podría existir pago si el contrato individual, un convenio colectivo, una política interna o una práctica laboral reconocida establece un beneficio adicional.

En los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales reconocidos no se aplica esta carencia: el subsidio correspondiente se paga desde el primer día de incapacidad.

Licencias continuadas y recuperación de la carencia

Cuando una licencia breve es seguida inmediatamente por otra, por el mismo diagnóstico y sin interrupción, ambas pueden ser consideradas como un solo período continuado.

Por ejemplo:

  • Primera licencia: siete días.
  • Segunda licencia: siete días, iniciada al día siguiente.
  • Diagnóstico y cuadro clínico: continuados.
  • Total: catorce días.

Si las licencias son reconocidas como continuadas y el período total supera diez días, puede corresponder una reliquidación desde el primer día. El trabajador debe comprobar que ambas fueron autorizadas y relacionadas correctamente por la entidad pagadora.

Si existe un día sin cobertura entre ambos períodos o si corresponden a enfermedades distintas, pueden ser evaluadas separadamente.

Cómo se calcula el monto del subsidio

El SIL no equivale necesariamente al sueldo líquido que la persona recibe habitualmente. La entidad pagadora utiliza una base legal construida a partir de remuneraciones netas, subsidios anteriores o ambos.

Para trabajadores dependientes, la base general corresponde al promedio de las remuneraciones mensuales netas, subsidios o ambos, devengados en los tres meses calendario más próximos al mes en que comienza la licencia.

En términos simplificados, la institución:

  1. Identifica los meses que forman la base.
  2. Revisa las remuneraciones y cotizaciones declaradas.
  3. Calcula la remuneración neta aplicable.
  4. Obtiene un promedio mensual.
  5. Determina un monto diario.
  6. Multiplica ese monto por los días subsidiados.
  7. Aplica límites, mínimos, cotizaciones y ajustes legales.

El trabajador puede pedir una liquidación detallada para conocer:

  • Qué meses se utilizaron.
  • Qué remuneraciones fueron consideradas.
  • Cuántos días se pagaron.
  • Si se aplicó carencia.
  • Qué cotizaciones fueron descontadas o enteradas.
  • Qué límite imponible se utilizó.

Bonos y asignaciones en el cálculo

No todos los pagos de una liquidación forman parte de la base del SIL. En general, no se consideran las remuneraciones ocasionales ni aquellas que corresponden a períodos superiores a un mes.

Pueden quedar excluidos, según su naturaleza:

  • Aguinaldos.
  • Bonos anuales.
  • Bonos de escolaridad.
  • Gratificaciones pagadas una vez al año.
  • Asignaciones de colación y movilización no imponibles.
  • Reembolsos de gastos.
  • Otros pagos extraordinarios no mensuales.

Un bono imponible, habitual y pagado mensualmente puede recibir un tratamiento diferente. La institución debe analizar su naturaleza real, no solamente el nombre utilizado por la empresa.

La Superintendencia de Salud señala que los aguinaldos, bonos ocasionales y pagos correspondientes a períodos mayores de un mes no se consideran en la base general del subsidio.

Cuándo debe pagarse el subsidio

El SIL debe pagarse al menos con la misma periodicidad que la remuneración del trabajador, sin que el intervalo pueda ser superior a un mes.

Esto no significa que el dinero deba depositarse inmediatamente después de la consulta médica. Antes deben completarse:

  • La emisión de la licencia.
  • La tramitación laboral.
  • La autorización médica.
  • La revisión de cotizaciones.
  • El cálculo del monto.
  • La validación de la cuenta bancaria o modalidad de pago.

Si falta un contrato, una liquidación, un certificado de cotizaciones o un informe médico, el pago puede quedar pendiente. La obligación de periodicidad se aplica una vez que el beneficio se encuentra determinado y disponible para ser pagado.

Formas de pago

La modalidad depende de la institución y de los datos registrados por el trabajador. Puede utilizarse:

  • Transferencia bancaria.
  • Depósito en CuentaRUT.
  • Vale vista.
  • Pago presencial en una entidad financiera.
  • Pago adelantado por el empleador bajo convenio.

Conviene comprobar que la cuenta:

  • Esté activa.
  • Se encuentre a nombre del trabajador.
  • Tenga correctamente registrado el RUN.
  • No posea restricciones para recibir transferencias.

Cotizaciones previsionales durante una licencia

El período subsidiado continúa generando obligaciones previsionales. La entidad que paga el SIL debe enterar las cotizaciones de cargo del trabajador y otras que la normativa le asigna, mientras que el empleador mantiene determinadas cotizaciones propias.

La distribución cambió con la reforma previsional y se encuentra sujeta a una aplicación gradual. La información oficial actualizada distingue entre:

  • Cotizaciones pagadas por la entidad del SIL durante los días subsidiados.
  • Cotizaciones de cargo del empleador que se mantienen aunque el trabajador esté con licencia.
  • Cotizaciones asociadas únicamente a los días efectivamente trabajados.
  • Nuevas cotizaciones cuya tasa aumenta gradualmente.

ChileAtiende informa que, durante una licencia, la entidad pagadora debe enterar las cotizaciones previsionales de cargo del trabajador y las contribuciones que la reforma le asigna, mientras el empleador continúa obligado respecto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, accidentes del trabajo, SANNA, su parte del Seguro de Cesantía y otros aportes definidos por la gradualidad vigente. Desde agosto de 2026 comienzan además cambios relevantes en algunas tasas y componentes.

Los empleadores deben verificar las instrucciones vigentes en las preguntas oficiales sobre las nuevas cotizaciones y en los sistemas de declaración previsional.

Obligaciones del trabajador

El trabajador no cumple todas sus obligaciones solamente con informar que está enfermo. Debe realizar correctamente la tramitación y respetar el reposo.

Sus principales responsabilidades son:

  • Entregar información verdadera al profesional.
  • Revisar que el empleador, fechas y domicilio estén correctos.
  • Completar la certificación de identidad si la emisión fue remota.
  • Entregar oportunamente una licencia en papel.
  • Confirmar la recepción de una licencia electrónica.
  • Cumplir el reposo total o parcial.
  • Asistir a controles, tratamientos y peritajes.
  • Informar cambios del lugar de reposo.
  • No realizar trabajos incompatibles con la licencia.
  • Responder solicitudes de antecedentes.
  • Revisar la resolución y reclamar dentro de plazo si existe rechazo.

Plazo del trabajador para entregar la licencia

Cuando la licencia es emitida en papel, el trabajador del sector privado debe entregarla al empleador dentro de dos días hábiles. El plazo se cuenta desde el día hábil siguiente al inicio del reposo.

Ejemplo:

  • El reposo comienza un lunes.
  • El primer día del plazo es el martes.
  • El segundo día hábil es el miércoles.
  • La licencia debería entregarse a más tardar ese miércoles, salvo que exista un feriado u otra regla aplicable.

La Dirección del Trabajo confirmó este plazo en una actualización de marzo de 2025.

El trabajador debe guardar un comprobante de recepción, como:

  • Copia firmada y fechada.
  • Correo electrónico.
  • Comprobante del sistema interno.
  • Guía de despacho.
  • Constancia del portal electrónico.

Qué ocurre si la licencia fue emitida electrónicamente

Cuando el médico gestiona la licencia en línea y el empleador se encuentra incorporado al sistema, el documento puede llegar automáticamente a la empresa. En ese caso, el trabajador normalmente no debe trasladar un formulario físico.

Aun así, conviene:

  • Avisar que comenzó el reposo.
  • Entregar el folio si se lo solicitan.
  • Preguntar si recursos humanos recibió el documento.
  • Confirmar que no se emitió como licencia mixta.
  • Guardar el correo o comprobante de emisión.

ChileAtiende señala que, si el profesional gestiona la licencia en línea, el empleador la recibe automáticamente; si fue emitida en papel, el trabajador debe realizar la entrega dentro del plazo.

Licencia electrónica mixta

Una licencia puede comenzar electrónicamente, pero requerir una copia impresa si el empleador no está incorporado al sistema o existe un problema con los datos laborales.

En una licencia mixta, el trabajador debe:

  1. Confirmar que la licencia no llegó automáticamente.
  2. Descargar o recibir la copia correspondiente.
  3. Entregarla al empleador dentro del plazo.
  4. Guardar un comprobante.
  5. Revisar posteriormente su estado.

No debe asumirse que todo documento generado en un computador es totalmente electrónico.

Obligaciones del empleador

El empleador desempeña una función administrativa y laboral. No reemplaza a la COMPIN, Isapre ni al profesional tratante.

Sus principales obligaciones son:

  • Recibir la licencia presentada por el trabajador.
  • Completar los antecedentes laborales requeridos.
  • Registrar la fecha de recepción.
  • Tramitar el documento ante la entidad correspondiente.
  • Entregar un comprobante cuando proceda.
  • No alterar los datos médicos.
  • No exigir al trabajador que preste servicios durante un reposo total.
  • Proteger la confidencialidad de la información de salud.
  • Pagar la remuneración correspondiente a los días efectivamente trabajados.
  • Cumplir las obligaciones previsionales que continúan a su cargo.
  • Informar correctamente las remuneraciones y cotizaciones.

Plazo del empleador para tramitarla

Una vez recibida una licencia que requiere tramitación, el empleador cuenta normalmente con tres días hábiles para enviarla a la COMPIN, Isapre o Caja de Compensación correspondiente.

El reglamento establece que la empresa debe remitir la licencia y los antecedentes laborales dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción.

El empleador no debería retener el documento porque no está de acuerdo con el diagnóstico o considera excesivos los días. Puede aportar antecedentes y utilizar los mecanismos legales de control, pero la decisión médica corresponde a la entidad autorizadora.

Datos que debe informar el empleador

Dependiendo del formulario y de la institución, la empresa puede tener que completar:

  • RUT y razón social.
  • Fecha de recepción.
  • Fecha de ingreso del trabajador.
  • Tipo de contrato.
  • Último día trabajado.
  • Remuneraciones imponibles.
  • Cotizaciones previsionales.
  • Afiliación a Caja de Compensación.
  • Situación del vínculo laboral.
  • Antecedentes de licencias anteriores.

Un error en estos datos puede retrasar la resolución o el pago. La empresa debería corregirlo por los canales de la entidad, no modificar documentos médicos manualmente.

El empleador puede negarse a tramitar la licencia

No debería negarse cuando existe una relación laboral y el reposo comenzó mientras el contrato estaba vigente. Si lo hace, el trabajador regido por el Código del Trabajo puede realizar una declaración jurada ante la Dirección del Trabajo y presentarla personalmente ante la COMPIN, Isapre o Caja de Compensación.

El trámite se encuentra disponible durante todo el año en Mi DT y en las Inspecciones del Trabajo. Se solicita normalmente la cédula, una copia de la licencia y, de ser posible, el contrato.

La información y el acceso se encuentran en la ficha de declaración jurada para tramitar una licencia médica.

El empleador debe pagar el sueldo durante la licencia

En una empresa privada, la regla general es que el empleador no paga la remuneración correspondiente a los días de reposo total. La obligación de trabajar y la obligación de remunerar ese trabajo se encuentran suspendidas.

El trabajador puede recibir:

  • Remuneración por los días efectivamente trabajados.
  • Subsidio por los días cubiertos por la licencia.
  • Beneficios adicionales acordados con la empresa.
  • Pagos ocasionales que se devenguen conforme al contrato o convenio aplicable.

Si la licencia cubre una parte del mes, es normal que el empleador pague una remuneración parcial y la entidad previsional entregue el subsidio en otro depósito y fecha.

La Dirección del Trabajo ha reiterado que la licencia suspende la obligación de prestar servicios y de pagar la remuneración asociada, sin perjuicio de beneficios ocasionales o de períodos superiores a un mes que puedan continuar devengándose de acuerdo con sus reglas.

Beneficios pactados por la empresa

Una empresa puede otorgar condiciones más favorables que la ley, por ejemplo:

  • Pago de los tres primeros días.
  • Complemento para igualar el subsidio al sueldo habitual.
  • Adelanto del SIL.
  • Bonos de salud.
  • Seguro complementario.
  • Continuidad de determinados beneficios durante el reposo.

Estos beneficios pueden estar establecidos en:

  • El contrato individual.
  • Un anexo.
  • Un contrato colectivo.
  • Un convenio sindical.
  • El reglamento de beneficios.
  • Una práctica reiterada que deba analizarse jurídicamente.

El trabajador debe revisar esos documentos antes de asumir que los primeros días quedarán sin pago.

Trabajo remoto durante la licencia

El reposo total impide trabajar, incluso desde la casa. El empleador no debería solicitar al trabajador que:

  • Se conecte a reuniones.
  • Responda clientes.
  • Prepare informes.
  • Apruebe operaciones.
  • Realice turnos remotos.
  • Continúe una jornada parcial no autorizada.

El trabajador tampoco debería ofrecer mantener sus funciones mientras recibe un SIL por incapacidad total. Esto puede generar contradicciones y cuestionamientos sobre el cumplimiento del reposo.

Una comunicación aislada para informar el estado de una tarea no siempre equivale a trabajo efectivo, pero no conviene mantener una actividad laboral habitual.

Licencia de reposo parcial

Cuando el profesional indica media jornada, el documento debe precisar si el reposo corresponde a la mañana o a la tarde.

El empleador debe respetar el horario autorizado. No debería transformar unilateralmente una licencia parcial en:

  • Una jornada completa.
  • Un horario flexible distinto.
  • Trabajo acumulado en menos días.
  • Compensación de horas después del alta.

La remuneración y el subsidio se distribuyen proporcionalmente según la parte trabajada y la parte cubierta por el reposo.

Cumplimiento del reposo

El trabajador debe evitar actividades incompatibles con su diagnóstico y tratamiento. La COMPIN, Isapre u otra institución competente puede fiscalizar mediante:

  • Visitas al domicilio.
  • Citaciones médicas.
  • Solicitud de informes.
  • Exámenes complementarios.
  • Revisión de antecedentes laborales.
  • Comprobación de viajes o actividades incompatibles.

Una salida para asistir a terapia, realizar un examen o comprar medicamentos puede ser justificable. Conviene guardar documentos con fecha y hora.

Si cambia el domicilio donde cumple el reposo, debe informarlo oportunamente y conservar el comprobante.

Actividades permitidas durante la licencia

No existe una respuesta idéntica para todas las enfermedades. El reposo no siempre significa permanecer inmóvil dentro de la vivienda.

Según el diagnóstico, pueden ser compatibles:

  • Controles médicos.
  • Rehabilitación.
  • Psicoterapia.
  • Caminatas indicadas.
  • Ejercicio terapéutico.
  • Apoyo de familiares.
  • Compra de medicamentos.

En cambio, trabajar, realizar esfuerzos contraindicados, viajar sin informar o participar en actividades claramente contradictorias puede generar un rechazo.

La recomendación más segura es consultar al profesional tratante y pedir que las actividades terapéuticas relevantes queden registradas.

Confidencialidad de la información médica

El empleador debe manejar los antecedentes personales y de salud con reserva. No corresponde divulgar el diagnóstico a compañeros, clientes o terceros que no participen en la gestión.

La Dirección del Trabajo ha señalado que, aunque el empleador puede adoptar medidas para verificar el uso adecuado de una licencia, entregar a terceros información personal y de salud puede infringir el deber de confidencialidad del artículo 154 bis del Código del Trabajo.

La empresa puede conocer los datos necesarios para:

  • Tramitar la licencia.
  • Organizar la ausencia.
  • Calcular remuneraciones.
  • Cumplir obligaciones previsionales.
  • Ejercer controles legales y proporcionales.

Eso no autoriza a publicar ni compartir información clínica de manera innecesaria.

Fiscalización realizada por el empleador

El empleador puede adoptar medidas razonables para verificar que el trabajador usa correctamente el reposo, pero debe respetar la dignidad, privacidad y confidencialidad.

No debería:

  • Hostigar al trabajador con llamadas reiteradas.
  • Exigir diagnósticos detallados por mensajería.
  • Contratar controles invasivos que vulneren la privacidad.
  • Divulgar la dirección y enfermedad a personas ajenas.
  • Ingresar al domicilio sin autorización.

Las verificaciones deben ser pertinentes, necesarias y proporcionales al objetivo perseguido.

Despido durante una licencia médica

Estar con licencia no crea una prohibición absoluta de poner término al contrato. La protección depende de la causal utilizada.

Mientras el trabajador se encuentra con licencia por enfermedad común, accidente del trabajo o enfermedad profesional, el empleador no puede aplicar las causales del artículo 161 del Código del Trabajo:

  • Necesidades de la empresa.
  • Desahucio escrito del empleador en los casos en que procede.

La Dirección del Trabajo también ha señalado que no corresponde dar el aviso invocando estas causales mientras el trabajador está con licencia.

Sin embargo, pueden existir otras formas de término, por ejemplo:

  • Vencimiento de un contrato a plazo fijo.
  • Conclusión de una obra o faena.
  • Mutuo acuerdo.
  • Renuncia del trabajador.
  • Causales disciplinarias debidamente acreditadas.
  • Fallecimiento del trabajador.
  • Caso fortuito o fuerza mayor cuando se cumplen sus exigencias.

Un contrato por obra o faena puede terminar si concluyen los trabajos que le dieron origen, aunque el trabajador esté con licencia. La empresa debe cumplir las formalidades y fundamentar correctamente la causal.

Licencia durante un aviso previo de despido

Si la empresa ya comunicó un aviso de término por necesidades de la empresa y el trabajador inicia una licencia durante el período de preaviso, el conteo se suspende.

Una vez terminado el reposo, continúa corriendo el tiempo restante del aviso. La licencia no se descuenta del período protegido.

Licencia y contrato a plazo fijo

Una licencia médica no extiende automáticamente un contrato a plazo fijo más allá de la fecha acordada.

Si el reposo comienza antes del vencimiento:

  • El empleador debe tramitar la licencia.
  • El contrato puede terminar en la fecha pactada.
  • El trabajador puede mantener el subsidio por el período autorizado, si cumple los requisitos.
  • Las licencias continuadas posteriores deben tramitarse conforme a las reglas aplicables a una persona sin empleador actual.

Licencia emitida cuando el contrato ya terminó

Para determinar si el empleador debe recibir y tramitar una licencia, se considera la fecha de inicio del reposo, no solamente la fecha de emisión o entrega.

Si el reposo comenzó antes de que terminara el contrato, el antiguo empleador debe recibirla y tramitarla, aunque se entregue después del término.

Si el trabajador estaba con licencia al terminar el contrato y recibe una licencia continuadora, debe tramitarla directamente ante la institución previsional, acompañando la declaración jurada correspondiente de la Inspección del Trabajo.

Regreso al trabajo después del reposo

El trabajador debe reintegrarse en la jornada que corresponda después de terminar la licencia, salvo que:

  • Exista una nueva licencia continuada.
  • Se haya acordado una modificación del contrato.
  • Corresponda feriado legal autorizado.
  • Exista otra causa legal que justifique la ausencia.

No es recomendable extender el reposo por cuenta propia. Si la persona continúa incapacitada, debe acudir a una nueva evaluación médica antes del vencimiento.

El empleador tampoco puede obligar a volver antes del término de una licencia vigente y autorizada. Un retorno anticipado debe revisarse mediante el procedimiento médico y administrativo correspondiente.

Licencia rechazada o reducida

Si la COMPIN o Isapre rechaza la licencia, el trabajador pierde inicialmente la justificación de la ausencia y el derecho al subsidio correspondiente a esos días. Puede presentar un recurso dentro del plazo aplicable.

Las causales frecuentes incluyen:

  • Reposo injustificado.
  • Reposo excesivo.
  • Presentación fuera de plazo.
  • Incumplimiento del reposo.
  • Falta de vínculo laboral.
  • Realización de trabajos.
  • Antecedentes médicos insuficientes.
  • Correcciones no autorizadas.

La reclamación debe responder a la causal. Un informe médico sirve para justificar la incapacidad, pero no reemplaza un contrato cuando se cuestiona el vínculo laboral.

Plazos para reclamar

Como orientación general:

  • Si una licencia Fonasa fue rechazada o reducida por COMPIN, se presenta una reposición ante esa institución dentro del plazo indicado, que normalmente es de cinco días hábiles desde la notificación.
  • Si la Isapre rechazó o redujo la licencia, el afiliado dispone normalmente de quince días hábiles desde la recepción de la resolución para reclamar ante COMPIN.
  • Si COMPIN mantiene la decisión, puede recurrirse ante la Superintendencia de Seguridad Social después de cumplir la instancia previa.

La ficha oficial para afiliados a Isapre confirma el plazo de quince días hábiles para reclamar el rechazo, la reducción o un problema con el subsidio.

Aspectos importantes que debe conocer el usuario

La licencia no queda autorizada al ser emitida

La emisión demuestra que un profesional indicó reposo, pero todavía debe existir una resolución de la COMPIN o Isapre.

El empleador no decide el diagnóstico

La empresa debe tramitar los antecedentes. Puede formular observaciones o entregar información, pero no reemplaza a la autoridad médica.

El subsidio no siempre equivale al sueldo habitual

La base legal puede excluir asignaciones no imponibles, pagos extraordinarios y bonos ocasionales.

Una licencia breve puede dejar tres días sin pago

En una licencia común de hasta diez días, el subsidio comienza normalmente en el cuarto día y la empresa no está obligada a cubrir la carencia, salvo pacto o beneficio.

La licencia electrónica debe igualmente revisarse

La automatización reduce trámites, pero pueden existir errores de empleador, correo, teléfono o transmisión.

El trabajador no debe realizar tareas laborales

Durante un reposo total no corresponde trabajar presencialmente ni a distancia.

El contrato continúa vigente

La licencia suspende obligaciones, pero no elimina automáticamente la relación de trabajo.

No existe una protección absoluta frente al término

Se prohíben las causales del artículo 161 mientras dura la licencia, pero un plazo fijo o una obra pueden terminar si se cumplen las condiciones legales.

La información médica es confidencial

Los datos deben ser utilizados únicamente para fines legítimos de tramitación y control.

Las cotizaciones continúan siendo relevantes

La entidad pagadora y el empleador conservan obligaciones previsionales distribuidas conforme a la normativa y gradualidad vigente.

Cómo realizar el proceso o encontrar la información

Revisar la licencia al momento de la emisión

Compruebe:

  • Nombre y RUN.
  • Fecha de inicio.
  • Cantidad de días.
  • Reposo total o parcial.
  • Domicilio.
  • RUT del empleador.
  • Afiliación de salud.
  • Correo y teléfono.

Confirmar si es electrónica, mixta o en papel

Pregunte al profesional o prestador qué debe hacer. Si es mixta o en papel, no espere un envío automático.

Informar al empleador

Aunque sea electrónica, avise el inicio de la ausencia y entregue el folio si corresponde. No es necesario revelar el diagnóstico mediante un mensaje informal.

Guardar el comprobante

Conserve correos, capturas del portal, comprobantes de entrega y comunicaciones con recursos humanos.

Revisar periódicamente el estado

Compruebe si aparece:

  • Pendiente del empleador.
  • En revisión.
  • Pendiente de antecedentes.
  • Autorizada.
  • Reducida.
  • Rechazada.
  • Autorizada sin derecho a subsidio.
  • Pago en proceso.

Identificar quién debe pagar

Revise:

  • Si está en Fonasa o Isapre.
  • Si la empresa pertenece a una Caja.
  • Si el origen es común o laboral.
  • Si existe un convenio de adelanto.

Solicitar el detalle del cálculo

Si el monto parece incorrecto, pida una liquidación que muestre los meses base, días pagados, carencia y cotizaciones.

Recomendaciones antes de comenzar

  • Mantenga actualizado su domicilio.
  • Conozca su sistema de salud.
  • Pregunte a qué Caja pertenece la empresa.
  • Guarde el contrato y liquidaciones.
  • Descargue certificados de cotizaciones.
  • Revise sus datos bancarios.
  • No trabaje durante un reposo total.
  • Conserve comprobantes de controles y tratamientos.
  • Lea la resolución completa.
  • Reclame antes del vencimiento.

Errores comunes que conviene evitar

  • Creer que la empresa debe pagar siempre el sueldo completo.
  • Suponer que todos los días de una licencia corta tienen subsidio.
  • No entregar oportunamente una licencia en papel.
  • No comprobar que la licencia electrónica llegó.
  • Ignorar una solicitud de antecedentes.
  • No informar un cambio de domicilio.
  • Trabajar desde la casa durante reposo total.
  • Compartir el diagnóstico con personas que no necesitan conocerlo.
  • Confundir autorización con pago.
  • No revisar las cotizaciones posteriores.
  • Esperar hasta el último día para apelar.
  • Firmar documentos laborales sin revisar descuentos relacionados con la licencia.

Casos prácticos en empresas privadas

Licencia común de cinco días

Un trabajador afiliado a Fonasa recibe cinco días de reposo. Su empresa está afiliada a una Caja de Compensación.

Si la licencia es autorizada y cumple los requisitos:

  • Los primeros tres días quedan normalmente sin SIL.
  • La Caja paga los días cuarto y quinto.
  • La empresa no debe pagar los primeros tres, salvo que exista un beneficio.
  • Las cotizaciones del período se gestionan según las reglas aplicables.

Licencia de quince días

Si una licencia común dura quince días y se autoriza completa, el subsidio se genera normalmente desde el primer día porque supera diez días.

La empresa paga los días trabajados del mes y la entidad del SIL paga los quince días de reposo conforme a la base legal.

Licencia parcial

Una trabajadora recibe reposo parcial por veinte días, en horario de tarde.

Durante ese período:

  • Trabaja media jornada en la mañana.
  • La empresa paga la remuneración correspondiente a esa parte.
  • La entidad paga un SIL proporcional por la tarde.
  • La empresa no debe pedirle que complete después las horas cubiertas por el reposo.

Licencia electrónica que no aparece en la empresa

El médico informa que el documento es electrónico, pero recursos humanos no lo encuentra.

El trabajador debería:

  1. Guardar el folio.
  2. Confirmar el RUT del empleador.
  3. Revisar si fue emitida como mixta.
  4. Contactar al prestador o al operador electrónico.
  5. Entregar una copia si el sistema lo exige.
  6. Guardar la constancia del problema.

Contrato a plazo fijo que termina durante el reposo

Una persona inicia una licencia el día 10 y su contrato vence el día 15.

La empresa debe tramitar el documento porque el reposo comenzó mientras existía la relación laboral. El contrato puede terminar el día 15 si la causal y formalidades son correctas. El subsidio puede continuar durante el período autorizado.

Empleador que pide conectarse a una reunión

Si el reposo es total, la solicitud no corresponde. El trabajador debería responder por escrito que se encuentra impedido de prestar servicios durante el período y conservar la comunicación.

Si la presión continúa, puede solicitar orientación a la Dirección del Trabajo.

Licencia autorizada, pero sin depósito

El trabajador debe distinguir entre estado médico y estado económico.

Puede faltar:

  • Una liquidación de sueldo.
  • El certificado de cotizaciones.
  • El dato de la Caja.
  • La cuenta bancaria.
  • La consolidación de licencias continuadas.

La consulta debe dirigirse a la entidad pagadora, no solamente al médico o al empleador.

Canales, alternativas o recursos útiles

Dirección del Trabajo

La Dirección del Trabajo es el canal apropiado cuando el problema se relaciona con:

  • Negativa del empleador a tramitar.
  • Exigencia de trabajar durante el reposo.
  • Descuentos discutidos.
  • Incumplimiento de un beneficio contractual.
  • Despido.
  • Confidencialidad de datos.
  • Obtención de la declaración jurada.

COMPIN

La COMPIN revisa licencias de personas afiliadas a Fonasa y recibe reclamaciones contra decisiones de Isapres.

Puede utilizarse para:

  • Consultar una licencia Fonasa.
  • Entregar antecedentes.
  • Presentar reposición.
  • Reclamar una reducción o rechazo de Isapre.
  • Revisar el derecho al subsidio.

El acceso se encuentra disponible en la ficha de licencia médica para personas afiliadas a Fonasa.

Isapre

El afiliado debe revisar en su Isapre:

  • Recepción.
  • Resolución.
  • Antecedentes pendientes.
  • Monto del SIL.
  • Fecha de pago.
  • Cotizaciones.

Caja de Compensación

La Caja debe ser consultada cuando el trabajador está afiliado a Fonasa y la empresa pertenece a esa institución.

Puede informar:

  • Si recibió la licencia autorizada.
  • Qué documentos faltan.
  • El cálculo del subsidio.
  • La fecha de pago.
  • La modalidad de cobro.

Superintendencia de Seguridad Social

La Superintendencia de Seguridad Social recibe reclamaciones sobre:

  • Licencias rechazadas o reducidas por COMPIN.
  • Derecho al SIL.
  • Cálculo incorrecto.
  • Cotizaciones del período.
  • Incumplimiento del reposo.
  • Presentación fuera de plazo.
  • Falta de vínculo laboral.

ChileAtiende mantiene una ficha actualizada para reclamar el cálculo erróneo de un subsidio.

Superintendencia de Salud

La Superintendencia de Salud fiscaliza a las Isapres respecto de la tramitación, cálculo, pago y cumplimiento de resoluciones de COMPIN.

Mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral

Cuando la incapacidad se debe a un accidente del trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional, debe acudirse al organismo administrador correspondiente.

El Instituto de Seguridad Laboral atiende a empleadores y trabajadores afiliados a ese organismo.

Cuándo conviene usar cada alternativa

ProblemaCanal inicial recomendado
Empleador se niega a recibir o tramitarDirección del Trabajo.
Licencia Fonasa pendiente, reducida o rechazadaCOMPIN.
Licencia de Isapre pendienteIsapre.
Isapre rechazó o redujo el reposoCOMPIN correspondiente al domicilio del contrato de salud.
COMPIN mantuvo el rechazoSuperintendencia de Seguridad Social.
Licencia autorizada, pero pago pendienteCaja de Compensación, Isapre o entidad pagadora.
Monto incorrectoEntidad pagadora y posteriormente SUSESO, según el caso.
Accidente o enfermedad laboralMutualidad o Instituto de Seguridad Laboral.
Despido durante la licenciaDirección del Trabajo o asesoría laboral.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga una licencia médica en una empresa privada?

Normalmente paga la entidad responsable del Subsidio por Incapacidad Laboral: una Isapre, una Caja de Compensación, la institución pública correspondiente, una mutualidad o el Instituto de Seguridad Laboral.

¿El empleador debe pagar el sueldo completo?

No como regla general. Durante un reposo total se suspende la obligación de prestar servicios y pagar la remuneración asociada. El ingreso puede ser reemplazado por el SIL.

¿Quién paga los primeros tres días?

En una licencia común de hasta diez días, normalmente nadie está obligado a pagar los primeros tres días, salvo que exista un beneficio contractual o colectivo.

¿Una licencia de diez días se paga completa?

No en el régimen común general. El SIL se paga desde el cuarto día, por lo que se cubren normalmente siete días.

¿Una licencia de once días se paga completa?

Sí, si es autorizada y el trabajador cumple los requisitos, el subsidio se genera desde el primer día.

¿Qué pasa si tengo dos licencias continuadas?

Si no existe interrupción, corresponden al mismo diagnóstico y juntas superan diez días, puede corresponder el pago desde el primer día. Deben ser autorizadas y reconocidas como continuadas.

¿Cuánto tiempo tengo para entregar la licencia?

En el sector privado, una licencia en papel debe entregarse al empleador dentro de dos días hábiles contados desde el día hábil siguiente al inicio del reposo.

¿Cuánto tiempo tiene el empleador para tramitarla?

Normalmente tres días hábiles desde que la recibe.

¿Debo entregar una licencia electrónica?

Si fue transmitida correctamente y el empleador está incorporado, normalmente no. De todos modos, conviene avisar y confirmar la recepción.

¿Qué es una licencia mixta?

Es una licencia iniciada electrónicamente que requiere una copia o gestión adicional porque el empleador no se encuentra incorporado o existe un problema de datos.

¿Puedo enviarla por correo electrónico?

Depende del procedimiento de la empresa y de que el documento permita tramitación válida. Solicite una confirmación escrita de recepción.

¿Qué ocurre si la entrego fuera de plazo?

Puede ser rechazada. Es posible justificar el atraso si existió fuerza mayor, hospitalización, problemas del sistema u otra circunstancia acreditable.

¿El empleador puede rechazarla?

No le corresponde decidir su autorización médica. Debe tramitarla y puede entregar antecedentes a la institución competente.

¿Qué hago si la empresa no la recibe?

Puede obtener una declaración jurada en Mi DT o en la Inspección del Trabajo y presentarla ante la institución correspondiente.

¿Puedo trabajar desde la casa?

No durante un reposo total. El trabajo remoto sigue siendo prestación de servicios.

¿Mi empleador puede llamarme?

Puede realizar comunicaciones necesarias y razonables, pero no debería exigir trabajo ni hostigar al trabajador durante el reposo.

¿Debo responder correos laborales?

No está obligado a mantener una actividad laboral durante reposo total. Puede entregar información indispensable al inicio de la ausencia, pero no continuar trabajando.

¿Puedo asistir a una reunión virtual?

No si el reposo es total. Una reunión laboral forma parte de las funciones.

¿Qué ocurre si mi jefe me obliga a trabajar?

Conserve las comunicaciones, indique por escrito que se encuentra con reposo y solicite orientación a la Dirección del Trabajo.

¿El empleador puede saber mi diagnóstico?

Solo debería acceder a la información necesaria dentro del procedimiento y mantenerla confidencial. No corresponde divulgar detalles clínicos.

¿Puede contarle mi enfermedad al equipo?

No debería divulgar información de salud sin autorización, salvo una necesidad legal específica y proporcional.

¿Puedo salir de mi casa?

Depende del diagnóstico. Controles, terapia, farmacia y actividades médicamente indicadas pueden ser compatibles. Guarde comprobantes.

¿Puedo cambiar el domicilio de reposo?

Sí, pero debe informarlo oportunamente a la institución revisora y conservar el comprobante.

¿Puedo viajar durante la licencia?

Puede generar un rechazo si contradice el reposo o impide fiscalizar. Consulte al médico y a la institución antes de viajar.

¿Puedo realizar ejercicio?

Solo si es compatible con el tratamiento. Conviene que el profesional lo indique expresamente.

¿Puede fiscalizarme la empresa?

Puede adoptar medidas razonables, pero debe respetar la privacidad, dignidad y confidencialidad. Las instituciones previsionales también poseen facultades de fiscalización.

¿Qué pasa si no me encuentran en mi domicilio?

La licencia puede ser observada o rechazada. Si estaba en un control, terapia o farmacia, presente documentos con fecha y hora.

¿Qué pasa si la licencia es rechazada?

Se pierde inicialmente la justificación de la ausencia y el derecho al subsidio. Puede reclamar dentro del plazo correspondiente.

¿Qué pasa si la licencia es reducida?

Se autorizan solo algunos días. El pago se calcula sobre esos días, salvo que la reclamación modifique la decisión.

¿Qué significa autorizada sin derecho a subsidio?

El reposo es aceptado, pero el trabajador no cumple los requisitos previsionales o laborales para recibir dinero.

¿Cuántas cotizaciones necesito?

Un dependiente sujeto a la regla general necesita seis meses de afiliación y noventa días de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores.

¿Las cotizaciones deben ser del mismo empleador?

No necesariamente. Pueden considerarse cotizaciones provenientes de diferentes empleadores dentro del período legal.

¿Qué pasa si recién empecé a trabajar?

Puede no cumplir los requisitos para una enfermedad común. Si la incapacidad proviene de un accidente, pueden existir excepciones.

¿El subsidio equivale al sueldo líquido?

No necesariamente. Se calcula con reglas legales y puede excluir asignaciones no imponibles o bonos ocasionales.

¿Se incluyen colación y movilización?

Las asignaciones no imponibles de colación y movilización normalmente no forman parte de la base.

¿Se incluyen las horas extra?

Pueden incluirse si forman parte de remuneraciones imponibles de los meses considerados, de acuerdo con su naturaleza.

¿Se incluye el aguinaldo?

Normalmente no, porque corresponde a un pago ocasional.

¿Se pagan sábados, domingos y festivos?

El SIL se calcula por los días corridos autorizados, incluyendo fines de semana y festivos, después de aplicar la carencia cuando corresponde.

¿Cuándo deberían pagarme?

El SIL debe pagarse con una periodicidad no superior a la de la remuneración y, en todo caso, no mayor a un mes, una vez cumplidas las condiciones y entregados los antecedentes.

¿Por qué está autorizada y no me pagan?

Puede faltar el cálculo, liquidaciones, cotizaciones, datos bancarios o información del empleador.

¿Cómo sé quién debe pagar?

Revise si está en Fonasa o Isapre, si la empresa pertenece a una Caja y si la incapacidad es común o laboral.

¿IMED paga las licencias?

No. IMED es un operador tecnológico. El pago corresponde a la entidad previsional, Caja o institución del seguro laboral.

¿Fonasa paga siempre directamente?

No. Si la empresa está afiliada a una Caja de Compensación, esa Caja puede ser la pagadora del subsidio.

¿Puede la empresa adelantarme el subsidio?

Sí, si existe un convenio o política. No todas las empresas están obligadas a hacerlo.

¿Qué pasa con mis cotizaciones?

Continúan existiendo obligaciones previsionales. Se distribuyen entre la entidad pagadora y el empleador conforme a la normativa vigente.

¿Debo revisar mis cotizaciones después?

Sí. Consulte las cartolas de AFP, salud y Seguro de Cesantía, considerando que puede existir un desfase de actualización.

¿Me pueden despedir estando con licencia?

No pueden aplicarse las causales de necesidades de la empresa ni desahucio mientras está con licencia, pero pueden existir otras causales legales.

¿Puede vencer mi contrato a plazo fijo?

Sí. La licencia no extiende automáticamente la fecha pactada.

¿Puede terminar una obra o faena?

Sí, si efectivamente concluyen los trabajos que dieron origen al contrato y se cumplen las formalidades.

¿Qué pasa si mi contrato termina después de empezar la licencia?

El empleador debe tramitarla porque el reposo comenzó durante la relación laboral. El subsidio puede continuar si se cumplen los requisitos.

¿Quién tramita una licencia continuadora después del término?

El trabajador debe presentarla directamente ante la institución previsional acompañando la declaración jurada de la Inspección del Trabajo.

¿Debo volver apenas termina la licencia?

Sí, en la jornada que corresponda, salvo que exista una nueva licencia u otra causa autorizada.

¿Puedo volver antes?

No debería hacerlo por cuenta propia. El retorno anticipado debe revisarse con el médico y la institución correspondiente.

¿Qué hago si el monto está mal calculado?

Pida el detalle, reclame ante la entidad pagadora y, si el problema continúa, utilice los canales de COMPIN o SUSESO.

¿Qué documentos debo guardar?

Guarde la licencia, folio, correos, comprobante de entrega, resolución, informes médicos, liquidaciones, cotizaciones y detalle del subsidio.

Las licencias médicas en el sector privado suspenden temporalmente la obligación de trabajar y la obligación del empleador de pagar la remuneración asociada a los días no trabajados. Cuando se cumplen los requisitos, el ingreso es reemplazado por el Subsidio por Incapacidad Laboral.

El trabajador debe entregar una licencia en papel dentro de dos días hábiles, revisar sus datos, cumplir el reposo y responder las solicitudes de antecedentes. Si la licencia es electrónica, normalmente llega automáticamente, pero sigue siendo recomendable confirmar su recepción.

El empleador debe tramitar el documento dentro de tres días hábiles desde su recepción, completar correctamente la información laboral, respetar la confidencialidad y evitar que el trabajador preste servicios durante un reposo total.

El pago puede corresponder a una Isapre, Caja de Compensación, entidad pública, mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral. Una licencia común de diez días o menos se paga normalmente desde el cuarto día, mientras una de once días o más se paga desde el primero. La empresa solo debe cubrir la carencia si existe un beneficio pactado.

La autorización de la licencia y el derecho al pago son decisiones relacionadas, pero distintas. Un trabajador puede tener reposo autorizado y quedar sin subsidio si no cumple los requisitos de afiliación o cotizaciones.

Durante la licencia, la empresa mantiene determinadas obligaciones previsionales y el trabajador conserva derechos laborales. Sin embargo, la licencia no impide absolutamente el término del contrato: protege frente a las causales del artículo 161, pero un plazo fijo o una obra pueden concluir conforme a la ley.

Ante una negativa del empleador, corresponde acudir a la Dirección del Trabajo. Las licencias Fonasa se revisan mediante COMPIN, las de Isapre mediante esa institución y COMPIN, y los reclamos posteriores pueden presentarse ante SUSESO. Los accidentes laborales deben tramitarse con la mutualidad o el ISL.

Las tasas previsionales, plataformas y procedimientos pueden cambiar. Antes de realizar una gestión, conviene revisar los canales oficiales, conservar los comprobantes y actuar dentro de los plazos informados.

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